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México D.F. Domingo 13 de junio de 2004

La CNDH documentó en 2001 "complicidades y abuso de autoridad" en adopciones

Exonera la PGR de tráfico de infantes a funcionarios de Jalisco

En el país no hay evidencias: Santiago Vasconcelos Un niño viajó a España con papeles falsos

FABIOLA MARTINEZ Y GUSTAVO CASTILLO

En septiembre de 2001, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) constató "complicidades, omisión y abuso de autoridad" por parte de integrantes del gobierno de Jalisco involucrados en nueve procesos de adopción de niños, algunos de los cuales incluso fueron sacados del país.

Casi tres años después de la recomendación de la CNDH, la Procuraduría General de la República (PGR) concluyó que en este asunto no hay delito federal qué perseguir, es decir, no encontró evidencias de tráfico de menores o delincuencia organizada; sin embargo, ratifica el resultado de la investigación de la Contraloría estatal en el sentido de que hubo "irregularidades administrativas" cometidas por funcionarios públicos durante la administración de Alberto Cárdenas Jiménez -secretario del Medio Ambiente en el gabinete foxista- mismas que, advierte, deberán ser "perseguidas y sancionadas".

En las "próximas semanas", la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO) emitirá la resolución definitiva y con ello cerrará su indagatoria en torno a nueve casos, cuyos presuntos delitos se ha encargado de documentar exhaustivamente desde 1999 la Fundación de Niños Robados y Desaparecidos (Find), una de las cuatro asociaciones de ese tipo que existen en nuestro país.

A punto de regresar la averiguación a la Procuraduría General de Justicia de Jalisco, el titular de la SIEDO, José Luis Santiago Vasconcelos, va más allá de la conclusión del caso y emite una declaración general: "no podemos afirmar que exista tráfico de menores (en México). No tenemos manifestaciones reales. Es decir, es un fenómeno que sí puede darse -en territorio nacional- pero no tenemos conocimiento de ello, lo mismo que en las hipótesis de tráfico de órganos o esclavitud de niños. De lo que sí tenemos evidencia es de pornografía infantil y de ello existe una investigación en coordinación internacional", dijo en entrevista.

Al enterarse del rumbo que tomará el dictamen de la PGR, los promotores de Find, Juan Manuel Estrada Juárez y Elsa Stettner, señalaron que la PGR ha encabezado una investigación parcial. "No nos extraña esa postura (porque) indudablemente estamos ante un delito de Estado, donde todos protegen a todos".

Find anunció que llevará el caso a los tribunales de alzada y a organismos internacionales para resolver lo que a derecho corresponda.

Las pruebas aportadas por Find sobre "irregularidades" en las adopciones de nueve niños fueron ratificadas en su momento por la Contraloría del gobierno jalisciense y por la CNDH (recomendación 20/2001), organismo que en su momento subrayó la existencia de "impunidad total" y "mentiras" de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) de Jalisco, a cargo de Guadalupe Morfín, actual comisionada para el caso de las mujeres asesinadas en Ciudad Juárez.

En 2001 la CNDH asentó en su recomendación: "la CEDH no sólo no actuó a tiempo para defender las violaciones a derechos humanos de los menores, sino que ofertó a la procuraduría estatal propuestas de conciliación a su gusto, excluyendo de responsabilidad a funcionarios y empleados que actuaron de manera ilícita en la sustracción de menores de su domicilio, sin que mediara orden judicial, y en el caso de robo y doble registro de los infantes".

Los fiscales de la SIEDO encargados de analizar la denuncia de Find sustentaron que no existe tráfico de menores con el argumento de que los pequeños han sido entregados paulatinamente a sus progenitores, tras la comprobación del parentesco y aquellos que siguen en albergue se debe a que existe un proceso judicial en curso. Es decir, se comprobó -afirma- que los niños están ubicados.

Tras el análisis de los expedientes concluyen que uno de los casos, el de un niño que se encuentra en España, obedece a que "fue la misma madre quien entregó a los padres adoptivos (españoles) a su hijo". Del mismo modo -apuntan- "de las constancias que se han recibido, se afirma que las irregularidades son administrativas y dichas personas (funcionarios) no se vinculan entre éstas".

El subprocurador Santiago Vasconcelos y su equipo desecharon los argumentos de Find. "Este señor (Estrada Juárez) vino aquí y nos pintó un panorama terrible, por eso jalamos la averiguación, pero cuando avanzamos en la investigación nos dimos cuenta que no había nada de lo que nos había asegurado".

La SIEDO delimitó las "irregularidades y faltas administrativas", como el resultado de la falta de pericia e "ignorancia" del personal del DIF estatal, toda vez que ese organismo "no tiene la plantilla de empleados necesaria y por ello se saltan trámites por apresurar (las adopciones) (...) El DIF no le notificó al juez que había padres biológicos que habían impugnado el juicio (de adopción) (...) Trataron de hacer un buen papel, pero las formas como llevaron (los procesos de adopción) no fueron las correctas".

Sin embargo, el 28 de octubre de 2003, la Contraloría de Jalisco precisó en su dictamen, en relación a cinco de los nueve asuntos referidos, que la estrategia aplicada por los funcionarios estatales: "se demostró la existencia de presuntas irregularidades cometidas por los servidores públicos Rocío Vega Rodríguez, ex directora general del DIF; María Luisa Obeso de López, ex secretaria ejecutiva del Consejo Estatal de la Familia; María Agustina Landeros Martínez, subdirectora del Archivo del Registro Civil en el estado y Pablo Javier Castillo Castillo, agente del Ministerio Público de la PGJJ, con sede en Ocotlán, Jalisco.

El caso de Jaime Jonathan

El órgano de control del gobierno jalisciense detalla el caso de Jaime Jonathan Alvarado: el 18 de agosto de 1998 la policía de Guadalajara detuvo a Delfina Alvarado, madre del niño, en el momento que inhalaba pegamento amarillo, y levantó la averiguación correspondiente. Ahí la mujer declaró (en el acta tomada meses antes de su muerte) el deseo de que su hermana María Elena Alvarado se hiciera cargo del pequeño.

Hasta ahí el caso pudo haber sido parte de la historia de cualquier otro infante que es amparado por las autoridades estatales, en tanto un juez determina su destino. No obstante, el 16 de marzo de 2000, la ex directora general del DIF informó a la presidenta de la Comisión Tutelar del Menor de la Comunidad de Madrid que "el menor Jaime Jonathan es jurídicamente adoptable", por lo que se gira la "preasignación para la adopción del menor en favor de los señores Diego Chamizo Campano y María Luisa Calvet Teruel".

Lo anterior fue sustentado en dos aspectos: el registro civil del pequeño, impulsado por el Consejo Estatal de la Familia, en cuya acta de nacimiento aparece que la madre es finada. Con ello, el consejo autorizó la adopción a la pareja de españoles, con lo que, a criterio de la Contraloría, se violentó el Código Civil de Jalisco.

De cualquier forma, la familia Chamizo pudo llevarse a un niño mexicano, Henry Pérez Cisneros, con la documentación de Jaime Jonathan. La autorización fue dada por un comité colegiado del Consejo Estatal de la Familia, cuyos nombramientos de tres consejeros fueron señalados por la Contraloría como fuera de la ley.

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