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México D.F. Lunes 27 de octubre de 2003

Se presentan cada día 16 quejas en contra de esas instituciones financieras

La falta de información de usuarios propicia abusos de las aseguradoras

En 22 años el sector ha crecido "geométricamente", pese a recurrentes crisis económicas

ELIZABETH VELASCO /II Y ULTIMA

La poca cultura financiera de la población mexicana, la falta de información y la simulación con que operan las aseguradoras son algunas causas por las que se presentan 16 quejas al día en contra de esas instituciones financieras, que a finales de 2002 alcanzaron 2.03 por ciento de participación del producto interno bruto (PIB).

En 22 años de existencia en México las aseguradoras han registrado un crecimiento geométrico que sólo se ha visto frenado por las crisis económicas generalizadas, pero en ningún momento ni éstas ni las catástrofes naturales han puesto en peligro su estabilidad.

La Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS) refiere que la "observancia de principios y sanas prácticas" permitieron al sector en su conjunto obtener una utilidad real de 5.7 mil millones de pesos a finales de 2002. La operación de las aseguradoras, dice, es "saludable".

A pesar de ello, nadie ha podido evitar un aumento en las quejas de usuarios que contratan algún tipo de seguro. En el caso de los de vida, el aumento de las denuncias obedece a que los empleados de los sectores público (atendidos por Aseguradora Hidalgo) y privado -y sus beneficiarios- desconocen la forma cómo se determina el monto de la suma asegurada y la interpretación de la documentación contractual respectiva.

En 2002 ascendieron a mil 182 las reclamaciones contra 43 aseguradoras. El primer lugar lo ocupó Aseguradora Hidalgo (Ahisa), con 250 quejas de un total de 33.2 mil siniestros reportados.

Cabe destacar que la primera privatización importante del gobierno de Vicente Fox correspondió a la Ahisa, adjudicada en choque2un "desaseado proceso" -según la diputada perredista Miroslava García- a la trasnacional Metropolitan Life, que heredó la atención de los empleados federales (1.2 millones de trabajadores) y el control de 30 por ciento del mercado de seguros.

Argucias de Ahisa

Precisamente en contra de Ahisa sobresalen los testimonios de Petra Juárez Tufiño y Fabián Reyes Juárez, esposa e hijo de José Guadalupe Reyes, ex policía del gobierno federal. Los beneficiarios del trabajador enfrentaron dos juicios por la negativa de Ahisa a cubrir los seguros de vida de Reyes: uno individual por 30 mil pesos y otro colectivo de 178 mil pesos.

Al policía le descontaban quincenalmente por nómina el monto del seguro individual que contrató en 1993 y renovó cinco años después, en 1998, cuando determinó elevar la capacidad de la póliza y de sus descuentos. Ahisa, sin embargo, no consideró el incremento como una restructuración de la póliza, sino como si ésta fuera nueva.

Reyes falleció de diabetes a finales de agosto de 2000; 15 días después, su esposa inició la reclamación correspondiente. De entrada, la aseguradora se negó a dar a los beneficiarios acuse de recibo de la reclamación.

En enero de 2001, informó a los beneficiarios que había rescindido el contrato individual de Reyes porque el usuario "incurrió en omisiones y falsas declaraciones", pues "no declaró que estaba enfermo de diabetes". Ahisa argumentó también que el seguro que reclamaban había sido suscrito en 1998 y no en 1993.

A petición de los afectados, la Condusef intervino en septiembre de 2001 y exhortó a Ahisa a aceptar el arbitraje y conciliación. La aseguradora se negó y al mes siguiente los beneficiarios iniciaron un juicio con asesoría de la Condusef.

En la defensa, ese organismo argumentó que el policía desconocía su enfermedad cuando contrató el seguro individual, en 1993, y que el contrato había sido suscrito en ese año y no en 1998, como sostenía la empresa.

Además, demandó a ésta que exhibiera el cuestionario que por norma se debe aplicar a los usuarios, en el que éstos señalan las enfermedades que padecen; la aseguradora no presentó el documento para probar su dicho.

"Se presume que Ahisa no presentó el cuestionario practicado al policía, porque probablemente no preguntó sobre el padecimiento que causó la muerte del usuario y esto obligaba a la aseguradora a cubrir el seguro por ser omisión de ella", comentó al respecto María Soledad García, abogada defensora de Condusef encargada del caso.

"Suponiendo, sin conceder, que el usuario hubiera sido omiso -añade-, la aseguradora debió haber rescindido el contrato 15 días después de detectadas las omisiones en las que presuntamente incurrió el usuario, situación que no ocurrió porque le siguió descontando lo pactado".

El artículo 50 de la Ley sobre Contratos de Seguros advierte que si la aseguradora no rescinde el contrato en el lapso referido pierde el derecho a una cancelación posterior. El caso se llevó en primera instancia, de octubre de 2001 a mayo de 2002. En este último mes, el juez decimoprimero de paz civil sentenció a Ahisa a pagar el seguro individual a Petra y Fabián.

No obstante, la aseguradora apeló la sentencia y se amparó, en este caso con el argumento de que los beneficiarios no reclamaron el pago de la póliza en el tiempo legalmente establecido tras la muerte del policía. De acuerdo con la ley en la materia, el caso prescribe después de que hayan transcurrido dos años a partir del fallecimiento del asegurado. Condusef se amparó y tocó a la parte actora comprobar que la rescisión del contrato a los beneficiarios no correspondía.

Entre mayo de 2002 y enero de 2003 se efectuó el litigio, que dio como resultado una segunda sentencia que favoreció a los beneficiarios del policía. No obstante, Ahisa volvió a ampararse, pero en esta ocasión el juez falló negativamente. Después de tres años, Petra Pérez y Fabián Reyes pudieron cobrar el seguro individual de José Guadalupe.

Otro calvario

Ahisa también se negó a pagar el seguro colectivo del policía por un monto de 178 mil pesos. Argumentaba que la firma del trabajador estampada en el contrato "no se parecía" a la que tenía en su credencial, "argucia de la que se valía porque el trabajador no había dispuesto del mismo espacio para firmar en uno y otro documento", asegura la asesora legal de Condusef, María Soledad.

La firma del usuario consistía en escribir su nombre completo y debido a que en su credencial como policía tenía menos espacio, abrevió su nombre.

Ahisa también argumentaba que ya había prescrito el caso -pues este juicio se inició en noviembre de 2001- y que, además, los beneficiarios "no eran los mismos que aparecían en el contrato". Esto último porque al momento de señalar los nombres de sus beneficiarios el policía escribió el nombre de su hijo (Fabián) con "v" (uve) y el apellido de Tufiño, como "Tufinio". Por ello no concordaban con los del acta de nacimiento de los beneficiarios.

María Soledad explicó que Ahisa se estaba valiendo de que el asegurado desconocía esos detalles. "Es muy importante que los asegurados escriban su nombre y los de sus beneficiarios como aparecen en el acta de nacimiento y que siempre usen la misma firma".

La Condusef tuvo que ofrecer diversas pruebas periciales de las firmas del policía para demostrar que la del contrato y su credencial eran las mismas que había estampado con su puño y letra. También presentó documentación para demostrar que los reclamantes eran esposa e hijo del policía.

Además se comprobó que no había prescrito el asunto. De noviembre de 2001 a mayo de 2003 el juicio se ventiló en el juzgado 51 de lo civil. El juez condenó a Ahisa al pago de 178 mil pesos.

No obstante, el juez omitió considerar la actualización (pago de intereses en udis) de la suerte del principal. La ley ordena que una vez dictaminada la sentencia, la aseguradora debe pagar en los siguientes 30 días el monto del seguro y que éste debe ser actualizado en udis.

Obviamente que la aseguradora se amparó, pero también la Condusef. La primera porque se negaba al pago del seguro colectivo; la segunda porque el juez no había fijado el pago de intereses en udis. Fue hasta la tercera apelación de la Condusef que el juez favoreció a los usuarios, y aunque la aseguradora intentó ampararse nuevamente el juez ya no le concedió la protección jurídica.

"La sentencia quedó en firme y apenas en septiembre de 2003 los beneficiarios cobraron la suerte principal, quedando pendiente, por parte de la aseguradora, el pago de los intereses", comenta María Soledad. Si la aseguradora se negara a pagar los intereses, el juez tendrá que solicitar a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas el remate de valores para que se cubra la cantidad pendiente.

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