Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Jueves 6 de marzo de 2003
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Capital

Lo insta a pagar $173 millones a los propietarios de un predio en Chapultepec

Ultimátum de la Suprema Corte al GDF

Aloja las instalaciones del INAH Fue expropiado por decreto presidencial en 1968

JESUS ARANDA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emplazó "por última vez" al jefe de Gobierno capitalino a cubrir un adeudo de 173 millones 11 mil pesos a los propietarios del predio Tecaxi, donde se ubican las instalaciones del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), expropiado en 1968 por decreto presidencial y cuya indemnización no se ha cubierto.

Al declarar infundado el recurso de reclamación 35/2003 interpuesto por el jefe de Gobierno del Distrito Federal, con el que se pretendía evitar el pago referido, la Segunda Sala del máximo tribunal apercibió a Andrés Manuel López Obrador que tiene 30 días naturales para cumplir con la sentencia o de lo contrario se iniciará un procedimiento constitucional para destituirlo de su cargo y consignarlo penalmente por omisión.

La sentencia, aprobada por unanimidad, precisa que el asunto en cuestión es definitivo en razón de que el Gobierno del Distrito Federal había interpuesto en 1999 una queja (277/99) ante el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, el cual declaró "infundado" el recurso y confirmó el amparo en favor de Carlos Manuel Veraza Urtuzuástegui por el no acatamiento de la resolución dictada por la Sala Superior del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, que data de 1997.

En el recurso de reclamación interpuesto por López Obrador, éste alegaba ante los ministros que existe "un impedimento legal" para cubrir los 176 millones 500 mil pesos, además de que en realidad los terrenos que fueron expropiados no pertenecían al señor Veraza.

El argumento del gobierno capitalino es que el predio Tecaxi fue sobrepuesto a diversos predios debidamente inscritos en el Registro Público de la Propiedad del Distrito Federal, es decir, "el predio Tecaxi no pudo ser afectado por el decreto expropiatorio de 1968, en el que nunca aparece el multicitado inmueble".

Como último recurso, solicitó que la Corte llevara a cabo "una revisión extraordinaria" a fin de que se anularan los dictámenes favorables a Veraza.

Sin embargo, el pleno de la Segunda Sala confirmó un auto de la presidencia de la Corte en el sentido de que era "notoriamente improcedente el incidente innominado" que hacía valer el jefe de Gobierno.

La respuesta de los ministros al rechazar el recurso de reclamación fue que ya había una sentencia firme y que el Gobierno del Distrito Federal tenía que cumplir con la sentencia de pagar los daños y perjuicios que ocasionó la expropiación del inmueble.

Cabe señalar que debido a la imposibilidad real de que le fueran restituidos los terrenos, Veraza aceptó en 1998 el "cumplimiento sustituto de la sentencia", la cual fue aprobada por el juez de la causa, quien fijó el pago de 176 millones 500 mil pesos.

Posteriormente, el 15 de diciembre de 2000, la Dirección General de Servicios Legales del Distrito Federal presentó ante el juez primero de distrito el oficio DGSL/1155/2000, que incluía un billete de depósito expedido por Nacional Financiera con el número S-250824 por concepto de pago de la indemnización correspondiente; sin embargo, el monto era de únicamente 2 millones 788 mil pesos.

El quejoso recibió la cantidad, pero quedó pendiente el pago del resto, es decir, 173 millones 11 mil 673 pesos, para lo cual el gobierno de López Obrador tiene 30 días naturales o de lo contrario éste quedó "apercibido" de que la Corte aplicará la fracción XVI del artículo 107 constitucional, que considera la destitución del cargo y su consignación penal ante el juez de distrito correspondiente.

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