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Política

2022-10-26 16:11

SCJN emite fallo para que SG y el INM garanticen derechos de migrantes

Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en CDMX.
Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en CDMX. Foto José Antonio López / Archivo

Ciudad de México. La Secretaría de Gobernación (Segob) y el Instituto Nacional de Migración (INM) deberán tomar medidas específicas para proteger a mujeres y otras personas migrantes en situación de vulnerabilidad, ante el impacto de políticas de otros países, como el programa “Quédate en México”, que aplicó Estados Unidos de manera unilateral, hasta que una orden judicial de ese país determinó darle fin.

Por unanimidad, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a la asociación civil Instituto para las Mujeres en la Migración, quien reclamó que, ante la implementación de “Quédate en México”, el gobierno de nuestro país no había tomado medidas para proteger en las personas migrantes que fueron regresadas contra su voluntad a territorio nacional por las autoridades estadunidenses.

El proyecto de sentencia fue elaborado por la ministra Margarita Ríos Farjat y en él se establece que la Segob y el INM deben “Elaborar de manera clara y precisa estrategias y acciones para la implementación del procedimiento por el cual se están recibiendo a las personas migrantes por razones humanitarias que están en espera de su resolución de solicitud de asilo ante Estados Unidos de América.”

Señala que, aunque “Quédate en México” fue una acción unilateral del gobierno estadunidense, su impacto en nuestro país obliga a las autoridades nacionales a tomar medidas.

Entre ellas que “las autoridades responsables deberán abstenerse de recibir a más personas bajo dicha modalidad, hasta en tanto no se emitan los lineamientos en materia de política migratoria aquí ordenados.”

Apenas el martes pasado, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) confirmó el fin definitivo de “Quédate en México”, sin embargo, esto no significa que la decisión de la SCJN quede sin efectos, pues debido a que el fallo fue aprobado por unanimidad, sentará jurisprudencia, es decir, que los argumentos que sustentan el fallo tendrán efectos para casos similares en el futuro, a favor de la protección de los derechos de las personas migrantes.

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