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Política

2022-06-25 06:00

Autorizan fast track manifestación de impacto ambiental en tramo de Tren Maya

En imagen de archivo, trabajos de colocación de durmientes de concreto en Campeche.
En imagen de archivo, trabajos de colocación de durmientes de concreto en Campeche. Foto Lorenzo Chim
Periódico La Jornada
sábado 25 de junio de 2022 , p. 15

En apenas 36 días, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) autorizó de “manera condicionada” la manifestación de impacto ambiental del tramo 5 sur del Tren Maya, que va de Playa del Carmen a Tulum. No obstante, se desconocen los términos para continuar con las obras, ya que el documento no se ha hecho público.

El aval ambiental se da días después de que la dependencia llevó a cabo la reunión pública de información el pasado día 7 en el ejido Jacinto Pat, en el municipio de Tulum, Quintana Roo.

Fonatur Tren Maya presentó la manifestación ante la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de la Semarnat para su evaluación el 17 de mayo pasado. Regularmente, este trámite puede llevar hasta 120 días, y quedó resuelto el pasado día 21, indica la página de trámites de la dependencia federal.

El proyecto debe hacerse público, ya que la difusión de la información derivada de la evaluación de impacto ambiental debe ajustarse a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información.

En mayo pasado, un juez con sede en Yucatán otorgó una suspensión definitiva mediante la cual se detuvieron las obras del tramo 5 sur del Tren Maya, debido a que no contaba con la manifestación de impacto ambiental.

La correspondiente a ese tramo –a cargo de Fonatur– establece que la superficie de obras del proyecto es de 516 mil 758 hectáreas. De éstas se hará cambio de uso de suelo en 485 de vegetación de selva mediana subperennifolia y de vegetación secundaria de selva mediana subperennifolia.

En tanto, Greenpeace y el Centro para la Diversidad Biológica advirtieron hace un par de semanas que si la manifestación de impacto ambiental que corresponde a este tramo se aprobaba “en tiempo récord”, se impugnaría, ya que –señalaron– se violaron diversos aspectos, como la consulta de al menos 90 comunidades.

También se incumple con el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, que establece que antes de iniciar desmonte o cualquier actividad de construcción se debe contar con la manifestación de impacto ambiental regional aprobada.

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