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Sociedad

2022-06-16 06:00

La tortuosa conciliación laboral

Periódico La Jornada
jueves 16 de junio de 2022 , p. 35

El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y los Centros de Conciliación locales, son garantes del nuevo modelo de justicia laboral para evitar que los nuevos Tribunales Laborales se saturen de juicios. Su paso obligado previo a la vía jurisdiccional es el mecanismo ideado para ello.

Sin embargo, los trabajadores y sus abogados afirman que el modelo no está funcionando y que en su trámite se cometen violaciones a derechos fundamentales porque les impiden que a las citas conciliatorias ingresen acompañados de sus abogados.

El artículo 684-E de la Ley Federal del Trabajo, autoriza sean acompañados por persona de su confianza, si bien no se le reconocerá como apoderado, “por tratarse de un procedimiento de conciliación y no de un juicio”, autoriza a que sea asistido por un licenciado en derecho, abogado o un Procurador de la Defensa del Trabajo. Curiosamente en seguida el artículo autoriza a que el patrón, que puede ser persona física, sí asista por medio de un representante. Una diferencia y discriminación injustificada. El trabajador sin apoderado. El patrón con representante apoderado.

El trabajador tiene derecho a estar asesorado por un profesional. Hasta el reo tiene esa garantía. Es un derecho fundamental a la representatividad y asesoría, a una defensa digna, en juicios y en todo acto que involucre sus derechos laborales. El abogado, poseedor de una cédula profesional, patente otorgada por el Estado que lo autoriza para el ejercicio de su profesión, la ve restringida sin razonabilidad.

El desconocimiento de la ley y de la función de la abogacía como coadyuvante en la solución de conflictos, o el autoritarismo de algunos de quienes dirigen estas instancias conciliatorias, los lleva a cometer tal violación a derechos fundamentales.

El precepto sin duda es inconstitucional y habrá que trabajar en ello.

En EL Estado de México los Colegios de Abogados dialogaron con la Directora del Centro de Conciliación y cambió su postura.

Por el bien de la justicia laboral, es deseable que las autoridades conciliatorias cambien su postura.

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