Sábado 13 de diciembre de 2025, p. 13
El gobierno de Estados Unidos solicitó a México dos investigaciones distintas bajo el mecanismo laboral de respuesta rápida del T-MEC, debido a la denegación de derechos a la libertad de asociación y a la negociación colectiva.
El primer caso es en contra de la planta en Puebla de la empresa Mondelez, fabricante de chocolates, golosinas y otros productos. La solicitud de revisión surge tras una denuncia realizada el 12 de noviembre por la Unión General de México, de acuerdo con el Comité Interinstitucional de Supervisión y Cumplimiento Laboral (ILC), que copresiden el representante comercial de Estados Unidos y el Secretario de Trabajo.
En su demanda contra la firma fabricante de marcas como las galletas Oreo y Ritz, el chocolate Toblerone, Halls y Philadelphia, entre otros productos, el sindicato independiente mexicano alegó continuas denegaciones de derechos a los trabajadores de la compañía.
Denunció que Mondelez y el sindicato titular del contrato colectivo “han violado los derechos de los trabajadores al interferir en la actividad sindical y tomar represalias contra ellos debido a sus intentos de organizar un sindicato independiente en las instalaciones, para lo que recurren a amenazas, negación de acceso a las instalaciones, reasignaciones laborales discriminatorias, despidos y cesantías”.
En este caso, la oficina de la Representación Comercial de EU suspendió la liquidación de las entradas no pagadas de mercancías en las instalaciones de Mondelez.
Otro caso
Respecto al hotel flotante, operado por Bernhard Schulte México LTD y PMI Norteamérica, propietaria de dos buques tipo flotel y filial de Pemex, el sindicato la Orden Mexicana de Profesionales Marítimos y Portuarios, Similares y Conexos denunció la interferencia en la actividad sindical, impedir la huelga, amenazar e intimidar a los trabajadores durante un desembarco forzoso de las embarcaciones hoteleras, y despedir y remplazar ilegalmente a los trabajadores en huelga.
La Comisión de Derecho Internacional determinó que en ambos casos “existen pruebas suficientes y creíbles de una violación de derechos que permiten la aplicación de buena fe de los mecanismos de cumplimiento”. Estas solicitudes de revisión al amparo del T-MEC son las números 44 y 45, y México tiene 10 días para aceptar la revisión y, de hacerlo, 45 días a partir de ayer para investigar las denuncias y presentar sus conclusiones.










