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El Senado, listo para votar reforma que castiga con más rigor el abuso sexual
 
Periódico La Jornada
Domingo 7 de diciembre de 2025, p. 6

La reforma para actualizar y robustecer el marco jurídico en torno al delito de abuso sexual, con una definición más clara de ese ilícito, así como basada en estándares internacionales y penas que pueden llegar hasta 10 años de prisión, está lista para votarse la próxima semana en el Senado.

La presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, Malú Micher, comentó que las definiciones de ese delito en el Código Penal Federal son imprecisas, con criterios probatorios sustentados en estereotipos de género, que históricamente revictimizan a quienes denuncian, por lo que la regulación es insuficiente para frenar el abuso sexual.

El dictamen de esa iniciativa, presentada el 25 de noviembre por la propia Michel Camarena; la presidenta de Senado, Laura Itzel Castillo, y la diputada Anaís Burgos, fue aprobado por unanimidad el viernes pasado por las comisiones de Igualdad de Género y de Estudios Legislativos. Ésta última está encabezada por el morenista Manuel Huerta Ladrón de Guevara.

Micher subrayó que la reforma parte de una “realidad alarmante”, que es el hecho de que la violencia sexual afecta de manera desproporcionada a mujeres, niñas, niños y adolescentes, y hay altos niveles de impunidad, por lo que el tipo penal fue actualizado, a fin de permitir una protección más acorde con las formas reales en que se manifiesta esa violencia.

El nuevo texto del artículo 260 establece que “comete el delito de abuso sexual quien, sin el consentimiento de la víctima y sin el propósito de llegar a la cópula, realice en el ámbito público o privado cualquier acto de naturaleza sexual, la obligue a observarlo o la haga ejecutarlo sobre sí, para un tercero o para el propio sujeto activo. También se considera abuso sexual cuando se obligue a la víctima a exhibir su cuerpo”.

Se define, además, que “se entienden por acto sexual los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas” y no se considerará consentimiento “cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o viciada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o situación de vulnerabilidad”.

Asimismo, se señala que no podrá considerarse consentimiento al acto sexual “el silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima”.

La legisladora agregó que se incorporan también medidas de reparación del daño y garantías de no repetición. El delito de abuso sexual incluye penas de tres a siete años, pero con agravantes, como el hecho de que el agresor sea un familiar de la víctima, alguien de su confianza o su superior en el trabajo.