Presenta propuestas el gobierno
Sancionan agresiones en el ámbito familiar, abuso y acoso sexual // Fijan hasta siete años de prisión y establecen agravantes: autoridades
Miércoles 26 de noviembre de 2025, p. 39
El Gobierno de la Ciudad de México dio a conocer una serie de propuestas de reforma para prevenir, sancionar y erradicar la violencia familiar y sexual contra las mujeres.
La iniciativas plantean modificar el Código Penal en relación con los delitos de violencia familiar, abuso y acoso sexual, con penas de hasta siete años de prisión, inclusión de agravantes y actualización en la definición de los delitos.
Asimismo, se prevé modificar las leyes de Establecimientos Mercantiles y de Turismo para prevenir feminicidios y trata de personas en hoteles y moteles, que deberán contar con sistema de videovigilancia en áreas comunes y protocolos de actuación para alertar a las autoridades de un eventual delito.
En el caso del Código Penal, la titular de la Fiscalía General de Justicia, Bertha Alcalde Luján, precisó que se crean nuevos tipos penales, como la violencia entre parejas, separándola de la que se ejerce entre padres e hijos o parientes colaterales hasta el cuarto grado.
Se establecen agravantes cuando las víctimas son menores de edad, adultas mayores, discapacitadas, embarazadas, se utilicen armas y las lesiones tarden más de 15 días en sanar. Las penas serán de entre dos y siete años de prisión.
En cuanto al abuso sexual, detalló, se comete cuando alguien, sin el consentimiento de la víctima, realiza cualquier acto de naturaleza sexual, la obligue a observarlo, ejecutarlo sobre sí, un tercero o para el propio agresor.
Detalla que se considera acto de naturaleza sexual cualquier acción que implique contacto físico, e igualmente se obligue a la víctima a exhibir, observar o ejecutar dichos actos.
La pena será de uno a seis años de cárcel y una multa que va de 200 a 500 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización (UMA), es decir, de 22 mil 628 a 56 mil 570 pesos.
En lo que se refiere al acoso sexual, la fiscal afirmó que se eliminan ambigüedades, definiendo esta conducta cuando sin el consentimiento de la víctima se solicite o propongan favores sexuales para sí o una tercera persona.
La pena será de tres años de prisión, pero aumentará hasta en dos terceras partes cuando se cometa en el entorno laboral, escolar o doméstico, entre otros escenarios; que el agresor sea funcionario público y se condicione el acceso a beneficios o derechos.
Se establece la figura de acoso sexual digital a quien busque o contacte a menores de edad por medios tecnológicos para enviar imágenes, audios o videos con contenido sexual, solicitar o concertar un encuentro sexual o actos sexuales o de exhibición corporal.
Por su parte, la consejera jurídica y de servicios legales, Eréndira Cruzvillegas Fuentes, explicó que hoteles y moteles deberán, además, reforzar el registro de huéspedes y solicitar obligatoriamente una identificación oficial a sus clientes, así como su nombre, domicilio, hora de entrada y salida.
Las penas a los negocios que no cumplan dichas disposiciones irán de 3 mil a 10 mil UMA, es decir, entre 113 mil y un millón 131 mil pesos, además de clausura temporal o permanente, en caso de reincidencia.











