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Bancos, obligados a demostrar los cargos no reconocidos: SCJN

Se facilitará la cancelación de tarjetas no solicitadas

 
Periódico La Jornada
Jueves 13 de noviembre de 2025, p. 25

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fijó ayer un nuevo criterio obligatorio en juicios mercantiles contra bancos por cargos no reconocidos: ahora serán las instituciones financieras las que deberán probar primero que la operación fue legítima, antes de exigir al cliente que demuestre lo contrario.

Por unanimidad de nueve votos, el pleno estableció la jurisprudencia en la que determinó que la inasistencia del usuario a la audiencia ante el juez no basta para presumir, mediante la llamada confesión ficta, que autorizó las operaciones, pues los bancos deben acreditar con documentos y procedimientos confiables que el propio usuario realizó las transacciones.

“Se concluye que corresponde a las instituciones de crédito soportar la carga de la prueba para demostrar la regularidad de los procedimientos de identificación durante la operación respectiva y la fiabilidad de los mecanismos de autorización, por lo que la presunción relativa generada por la confesión ficta de la persona usuaria derivada de la aplicación del artículo 1390 bis 41, fracción tercera del Código de Comercio es insuficiente para acreditar su consentimiento en la realización de las operaciones bancarias no reconocidas”, expuso el ponente, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz.

El caso derivó de la contradicción de criterios 48/2025, en la cual la Corte analizó dos juicios orales mercantiles sobre operaciones bancarias no reconocidas en los que se aplicó la figura de confesión ficta por la inasistencia del usuario a la audiencia. Mientras un tribunal consideró suficiente esa confesión para presumir que el cliente había autorizado las operaciones, otro determinó que era insuficiente sin pruebas adicionales del banco.

Por otra parte, para evitar que los bancos u otras instituciones financieras envíen a usuarios tarjetas de crédito o débito no solicitadas –práctica que en ocasiones genera cobros y recargos indebidos–-, la Cámara de Diputados aprobó ayer una iniciativa de reforma para que los afectados puedan cancelarlas vía digital o telefónica, sin obstáculo alguno.

Luego de que se le dispensaran todos los trámites, por considerarla tema de obvia y urgente resolución, la propuesta de la bancada de Morena fue aprobada por unanimidad de 467 votos a favor y enviada al Senado para la continuación de su trámite legislativo.

Al exponer la iniciativa –mediante la cual se reforman o adicionan diversos artículos de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros–, el coordinador del grupo morenista, Ricardo Monreal Ávila, señaló que “muchas instituciones financieras de crédito envían tarjetas a los domicilios de las personas, sin que las hayan solicitado”.

Cuando se cumple un año de ese envío, a las personas afectadas “les cobran anualidades e incluso intereses moratorios por no pagar esa anualidad” y muchos de estos usuarios terminan en el buró de crédito con una calificación negativa, agregó el legislador.

La enmienda prevé que los bancos y entidades comerciales “no pueden cobrar comisiones por el otorgamiento de servicios financieros, seguros, membresías o beneficios adicionales no autorizados previamente en el contrato de adhesión o sin consentimiento expreso del usuario”.