Juez remitirá expediente a la Corte para evaluar actitud del Legislativo
Viernes 25 de julio de 2025, p. 29
El juez cuarto de distrito en materia administrativa de la Ciudad de México, Ulises Oswaldo Rivera González, ordenó la apertura del incidente de inejecución de sentencia en contra del Congreso capitalino al considerar incumplido el amparo que concedió a la inmobiliaria Trepi en el que ordenó al Legislativo cambiar el uso de suelo de Montes Apalaches 525, en la tercera sección del Bosque de Chapultepec, para permitir que se construya en el predio.
Lo anterior, señala el acuerdo correspondiente, a efecto de remitir el expediente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que evalúe la actitud del Congreso e imponga la sanción prevista en la Constitución, que consiste en la separación del cargo de la autoridad responsable, o bien disponga el cumplimiento sustituto de la sentencia mediante el pago de daños y perjuicios, si se considera que su incumplimiento afecta a la sociedad o a terceros en mayor proporción que los beneficios económicos que pudiera obtener el demandante.
La presidenta de la mesa directiva del Congreso, Martha Ávila Ventura, explicó que se tenía previsto que el asunto llegara a la Corte y una vez allí se determinará la ruta jurídica a seguir.
Aval de los 66 legisladores
Sobre el riesgo de que la Corte determine aplicar la sanción prevista en el artículo 107 de la Constitución, que en caso de considerar injustificado el incumplimiento procederá a separar de su cargo al titular de la autoridad responsable y a consignarlo ante el juez de distrito
, explicó que si bien ella ostenta la presidencia del órgano de representación y dirección del pleno del Congreso, la respuesta al juzgado para dar cumplimiento a la ejecutoria de la sentencia se dio mediante acuerdo parlamentario plenario, es decir, que la totalidad de los 66 legisladores avalaron la resolución para efectos de ser considerados como autoridad responsable.
El predio se había integrado al Bosque de Chapultepec como área de valor ambiental al ser expropiado en 1992, zonificación que se mantuvo tras ser restituido a Trepi por mandato judicial, y en dicho acuerdo aprobado en sesión del pleno el pasado 9 de abril, en uso de las facultades que le confiere su marco normativo, el Congreso restituyó el uso de suelo de área verde AV
que tenía antes de dicha expropiación.
Esto, con base en información proporcionada por la Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana (Metrópolis) –antes Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda– así como el Programa Parcial de Desarrollo Urbano Miguel Hidalgo de 1987.
En el acuerdo del incidente de inejecución de sentencia, el juez señaló que el Congreso no cumplió con la determinación del juicio, en la que debió asignar el uso de suelo habitacional con restricciones al predio, como una decisión con carácter de cosa juzgada y por tanto jurídicamente inamovible
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