Congreso estatal endurece las penas
Una de las agravantes, cuando participe un funcionario público o notario

Sábado 28 de junio de 2025, p. 24
Toluca, Méx., Por unanimidad, el pleno del Congreso del estado de México aprobó reformas al Código Penal me-xiquense para endurecer las penas a quien cometa el delito de despojo y amplió las agravantes para impedir que quien incurra en este ilícito pueda evadir la prisión.
Con estas modificaciones se pretende evitar casos como el de la señora Carlota N, de 74 años, quien el pasado 1º de abril, en Chalco, disparó y mató a dos personas que presuntamente habían ocupado ilegalmente su vivienda y se negaban a devolverla.
De acuerdo con el dictamen, una de las agravantes con las que se alcanzarían los 25 años y seis meses de prisión es cuando participen servidores públicos o notarios que ayuden o colaboren en la inscripción de bienes que han sido arrebatados a su legítimo propietario y los pongan a nombre de la persona que incurrió en el despojo
También se castigará con esta pena cuando el despojo se realice con violencia física o moral, o mediante el rompimiento de cerraduras, forzado de puertas o ventanas, se cometa en contra de un ascendiente o descendiente del poseedor o dueño legítimo, se aproveche clandestinamente la ausencia de ésta persona, la víctima sea una persona mayor de 70 años, menor de 18, mujer embarazada, con discapacidad o pertenezca a un pueblo o comunidad indígena.
Por otro lado, la reforma actualiza las características de dicho delito grave, con el fin de establecer que “despojo es la acción de impedir materialmente el disfrute de un inmueble ajeno, lo que se castigará con cinco a 10 años de prisión y de 700 a mil días de multa en unidades de medida y actualización (Uma).
Esta penalidad se aplicará también cuando la persona desvíe o utilice aguas, propias o ajenas, en contravención a lo dispuesto por la ley en la materia, o ejerza un derecho real sobre aguas que no le pertenezcan, realice actos de dominio que afecten o lesionen los derechos legítimos de uso, disfrute o aprovechamiento de aguas por parte de su titular.
Además, se configurará el delito cuando se trate de un predio que por decreto del Ejecutivo del estado haya sido declarado área natural protegida (en sus diferentes modalidades), y se le impondrán de siete a 12 años de prisión y de 700 a mil días en Uma.
El dictamen de la reforma señala que el despojo se sancionará sin importar si el derecho a la posesión sea dudoso o esté en disputa y tendrá la calidad de permanente, mientras subsista la detentación material del inmueble objeto del ilícito por el activo
; es decir, mientras el sujeto que cometió despojo mantenga la posesión del inmueble.
El diputado Octavio Martínez, de Morena, dijo que con estas modificaciones se aspira a reducir las denuncias por ese delito, aportar mayores herramientas a la Fiscalía General de Justicia del Estado de México para dar resultados, y colaborar con el gobierno mexiquense para construir un estado de derecho y combatir la corrupción
.
Samuel Hernández Cruz, legislador del partido guinda, expuso que en la zona metropolitana del valle de México hay 600 mil viviendas de conjuntos urbanos deshabitadas y acechadas por la delincuencia para ser invadidas.