Estados
Ver día anteriorLunes 23 de junio de 2025Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
Académicos: ley sobre ciberasedio podría usarse para presionar a periodistas

Debería derogarse y remplazarse con reformas al Código Civil, en lugar del Penal, plantean

La Jornada de Oriente
Periódico La Jornada
Lunes 23 de junio de 2025, p. 30

Puebla, Pue., La académica Shanik Amira David George, del Observatorio por el Derecho a la Verdad Con los Ojos Abiertos del Instituto Ignacio Ellacuría, afirmó que la ley sobre ciberasedio, aprobada por el Congreso de Puebla, permite iniciar procesos penales contra activistas, periodistas y ciudadanos, lo que podría generar violaciones a derechos humanos.

En su opinión, la ley debería derogarse y remplazarse con reformas al Código Civil, en lugar del Penal, para abordar la violencia digital sin criminalizar de más.

Especialistas de la Red de Periodistas de Puebla también exigieron la derogación de la ley, defendiendo que podría usarse para presionar a la prensa, argumentaron que abrir un proceso penal contra un periodista tiene un gran efecto inhibidor sobre las críticas a la administración estatal.

Otros ponentes como Adán Guadalupe Torres consideraron ofensivo que los foros informativos sobre la ley se realicen tras su aprobación, en lugar de antes, y Alfredo Godínez Pérez señaló que la ley no aborda riesgos digitales reales como el phishing o la instalación de malware.

Lo anterior, durante el segundo foro de ciberseguridad efectuado en el órgano legislativo.

Durante su particicación, el magistrado Juan Jesús Gutiérrez Estrada, del Tribunal Superior de Justicia de Puebla, consideró que la reciente ley sobre ciberasedio, debe reformarse para evitar que este delito digital, contemplado en el artículo 480 del Código Penal del estado, se utilice como restricción ilegítima al derecho a la libertad de expresión, afirmó.

El magistrado puntualizó que la ley ya está vigente y mientras siga así, el Poder Judicial será la instancia responsable de garantizar el pleno ejercicio de la libertad de expresión. Expuso que existen precedentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que permitirán a los jueces distinguir entre denuncias motivadas para censurar y casos reales de ciberasedio. La ley ya está vigente y eventualmente a nosotros, desde el Poder Judicial, nos puede llegar una investigación del Ministerio Público sobre este delito; será ahí donde el juez ponderará estos derechos: la libertad de expresión frente a la protección de la integridad física y sicológica de las víctimas, explicó.

En materia técnica, Gutiérrez Estrada destacó que la Suprema Corte ha establecido jurisprudencia para proteger el discurso de interés público frente a posibles intentos de censura. Esto incluye opiniones sobre autoridades, denuncias de corrupción, violaciones a derechos humanos o cuestiones medioambientales. Estas expresiones no serían sancionables, salvo que inciten a la violencia.

En tanto, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos exhortó al gobierno de Puebla a revisar el artículo 480 de su Código Penal, para garantizar el pleno respeto a la libertad de expresión.

Reconoció la necesidad de que las entidades federativas adopten medidas legales que contribuyan a prevenir y sancionar la violencia digital. Sin embargo, manifestó su preocupación por la reciente adhesión de dicho artículo publicado este mes, tipificando de manera poco clara el delito de ciberasedio.

Dijo que este precepto penal impone sanciones de prisión de hasta tres años de cárcel y multa de hasta 300 días del valor diario de la unidad de medida de actualización, a quien, a través de medios digitales, redes sociales o cualquier espacio virtual, insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional que, además de su falta de claridad pueden, potencialmente, prestarse a un uso contrario a lo que se busca.

En contraste, especialistas de la Policía Cibernética de la Secretaría de Seguridad Pública, Fiscalía de Puebla y la Comisión de Derechos Humanos local defendieron, nuevamente, la permanencia del ciberasedio en el Código Penal. Argumentaron que esta figura permite identificar y sancionar conductas que no se enmarcan dentro del ciberacoso sexual, pero sí representan una amenaza real y creciente en el entorno digital.