Las peticiones no serán motivo de impunidad
En comisión, funcionarios de Gobernación, Seguridad, Bienestar, Mujeres e INPI resolverán en primera instancia
Jueves 5 de junio de 2025, p. 9
La Secretaría de Gobernación emitió ayer los lineamientos y criterios para la recepción y atención de las solicitudes de amnistía directa
, facultad presidencial que fue avalada por el Congreso de la Unión desde el año pasado.
El documento publicado en el Diario Oficial de la Federación establece que la Secretaría Técnica de la Comisión de Amnistía será la encargada de recibir las solicitudes y resolverá en una primera instancia.
A dicha comisión –integrada por la secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez; el secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Omar García Harfuch; la secretaria de Bienestar, Ariadna Montiel; la secretaria de las Mujeres, Citlalli Hernández, y el titular del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), Adelfo Regino– corresponderá analizar la procedencia de las solicitudes, crear grupos de trabajo para su estudio y notificar a los solicitantes de la decisión que tome.
Tras ello, los casos que cumplan los requisitos y sean procedentes, serán canalizados a la Consejería Jurídica de la Presidencia, la cual, una vez efectuado el análisis correspondiente, y en el supuesto de que exista conformidad con el proyecto remitido por la comisión, la Consejería Jurídica lo someterá a consideración y, en su caso, a la suscripción de la persona titular del Poder Ejecutivo federal
.
Entre los criterios para el análisis de fondo, se indica que se tomarán en cuenta los casos que impliquen el esclarecimiento, investigación y sanción de violaciones graves a los derechos humanos
; o que permitan la identificación y localización de personas generadoras de violencia que representen un riesgo o amenaza para la seguridad nacional
.
También, se tomarán en cuenta los casos que permitan identificar a los autores y partícipes en la comisión de los delitos
vinculados con delincuencia organizada, así como con crímenes de lesa humanidad, genocidio o contra la seguridad de la nación.
Al agregar como criterio cualquier otro supuesto que constituya un asunto de gran relevancia nacional
, se especifica que para considerarse un caso relevante, las peticiones deben estar debidamente fundadas y motivadas, y no debe ser incentivo para la impunidad o provocar ambiente de inseguridad entre la población, sino la salvaguarda del bien superior que es el derecho a la verdad
.
Se subraya, además, que debe tratarse de casos relevantes en los que las investigaciones hayan llegado a un punto en el que no se pueda avanzar sin los elementos que aporten los beneficiarios de la amnistía.