Domingo 7 de julio de 2024, p. 5
Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificaron que llevarán a la vía penal la determinación del juez Rodrigo de la Peza, quien hace unos días ordenó a esa máxima instancia llenar las dos vacantes del pleno.
Días después de recibir el rechazo general –pues en materia electoral no procede el amparo–, el juzgador canceló la orden y un tribunal colegiado en materia administrativa revocó la suspensión provisional en que De la Peza basó su decisión, al responder a la petición de una asociación civil. Sin embargo, la sala superior del TEPJF no quitó el dedo del renglón.
El juez era claramente incompetente, excedió sus facultades y eso, por supuesto, puede ser motivo de un delito o no. ¿A quién quedará valorar ese tema? A la fiscalía
, subrayó Felipe de la Mata Pizaña, magistrado de la sala superior del TEPJF.
El pleno, por mayoría de tres votos contra dos (de Reyes Rodríguez Mondragón y Janine Otálora Malassis), instruyó al área jurídica del TEPJF presentar la demanda penal, lo que podría ocurrir la semana próxima. Asimismo, los hechos serán expuestos en el Consejo de la Judicatura Federal.
Divergencia
En donde hubo divergencia de criterios fue el dar a conocer estos hechos a la fiscalía. Nosotros no estamos calificando estos hechos, simplemente los estamos dando a conocer porque es nuestra obligación hacerlo. Ya dimos la instrucción de que se presente (la demanda)
, añadió Felipe Fuentes Barrera, también de la sala superior.
Ante las ausencias definitivas en la sala superior, como ocurrió en octubre pasado con el término de gestión de dos magistrados, toca a la Suprema Corte de Justicia de la Nación elaborar una terna y enviarla al Senado.
Sin embargo, frente a la falta del Legislativo y la necesidad urgente
de completar el quorum para la sesión de calificación de la elección presidencial, la ley orgánica del Poder Judicial de la Federación prevé que la magistrada presidenta proponga a sus colegas los nombres de al menos un magistrado (para hacer pleno con seis) procedente de alguna de las salas regionales. El criterio que señala la norma es que se debe llamar al de mayor antigüedad y, de haber empate, al de mayor edad.