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Mario Aburto saldrá libre el 23 de marzo si la Corte acepta su amparo
 
Periódico La Jornada
Martes 12 de marzo de 2024, p. 9

Mario Aburto, asesino confeso de Luis Donaldo Colosio, podría abandonar la prisión el 23 de marzo, si se aprueba mañana un proyecto de sentencia de la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Margarita Ríos Farjat.

La primera sala prevé definir si acepta revisar el amparo que un tribunal federal concedió a Aburto para obtener su libertad al cumplir 30 años encarcelado y el cual fue impugnado por la Fiscalía General de la República (FGR).

Fuentes de la Corte indicaron a La Jornada que la postura mayoritaria en la sala es que el caso regrese al tribunal de origen. De esta forma quedaría firme la sentencia que el año pasado benefició al magnicida, lo que le permitiría quedar en libertad.

El máximo tribunal agendó para mañana el análisis de un proyecto de Ríos Farjat sobre el recurso impulsado por la defensa de Aburto contra la impugnación de la FGR en la que busca revocar el amparo.

Al analizar la reclamación, la primera sala determinará si fue correcta la que interpuso la FGR. Las fuentes de la Corte indicaron que no se ve viable revocar el amparo para convertir un delito local en uno federal.

La sentencia que el tribunal emitió se basó en criterios vigentes en 2010 y 2013 de la SCJN que señalan que en ilícitos conexos (por ejemplo, homicidio y portación de armas) los togados pueden juzgar tanto los delitos federales como locales, pero esto no convierte al ilícito local en uno federal.

El 5 de octubre de 2023 el primer tribunal colegiado penal en el estado de México ordenó aplicar a Aburto la pena por homicidio prevista en 1994 en el Código Penal de Baja California, que era de hasta 30 años, y no la del Código Penal Federal que se le impuso por 45 años.

De ser confirmado el amparo, Aburto deberá obtener su libertad en menos de dos semanas, cuando se cumplan tres décadas del crimen; sin embargo, el asunto se podría retrasar mientras la SCJN no se manifieste sobre el tema.

La sanción prevista en el Código Penal estatal para este ilícito era de 16 a 30 años de prisión, por lo cual, si a Aburto se le deja la pena máxima obtendría su libertad.

Como se puede apreciar, el delito de homicidio calificado fue juzgado conforme a las disposiciones del Código Penal Federal, lo cual, de manera respetuosa, no es compartido por este tribunal colegiado, en virtud de que tanto el juez de la causa como la autoridad responsable debieron observar la competencia excepcional de conexión y no federalizar el ilícito de homicidio calificado, sino juzgarlo conforme a las disposiciones del Código Penal del estado de Baja California, pues ese ilícito corresponde al fuero estatal, concluyeron los juzgadores.

Originalmente Aburto fue sentenciado a 45 años por homicidio calificado y portación de arma de fuego sin licencia en el momento en que el juez tomó como base el Código Penal Federal.

Sus defensores, al igual que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos aseguran que él y su familia fueron torturados.