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Las constituciones que celebramos
E

l 5 de febrero celebramos en la Ciudad de México y en Querétaro, el día de la Constitución; propongo, que de ahora en adelante sea el Día de las Constituciones, así en plural y con mayúsculas; ese día es el aniversario de la Constitución de 1857, de la de 1917 y también el de la Constitución Política de la Ciudad de México. Por supuesto hay varias más que merecen ser mencionadas, las 32 de los estados que integran la Federación y otras históricas que debemos recordar.

Una de ellas es la Constitución de Cádiz de 1812, por su importancia histórica y porque en las liberaciones y redacción participaron varios mexicanos, 20 entre seglares y clérigos. Fue también la primera Constitución que estuvo vigente en México, entonces el reino de la Nueva España; en conmemoración de esa primera ley fundamental se dio al Zócalo el nombre oficial de Plaza de la Constitución.

Los principios de igualdad y libertad se recogieron en tres breves artículos que conviene recordar. A saber. Primero: La nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios, el nuestro era y sigue siendo el hemisferio occidental. Pero, ¿quiénes son los españoles? La respuesta está en el artículo quinto: Todos los hombres libres nacidos y avecindados en los dominios de las Españas y los hijos de éstos; es decir, los que no eran esclavos, los indígenas, mestizos, criollos y españoles. Otro artículo importante de esta Constitución es el tercero; en él se declara sin rodeos y en forma escueta: La soberanía reside esencialmente en la Nación. Desde entonces, el monarca dejó de ser el soberano, lo es el pueblo, como Nación que comparte una cultura, como titular de un territorio y como Estado, comunidad organizada jurídica y políticamente.

La segunda Constitución histórica que no podemos olvidar es la de Apatzingán, la de Morelos, que como preámbulo la orientó con Los sentimientos de la Nación; fue promulgada por un Congreso de insurgentes levantados en armas. De Los sentimientos de la Nación recordamos el número 12, cuyo texto muy conocido es este: Como la buena ley es superior a todo hombre, las que dicte nuestro Congreso deben ser tales que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia. Importa también el artículo quinto de la Constitución de Apatzingán: La soberanía reside originariamente en el pueblo y su ejercicio en la representación nacional compuesta por diputados electos por los ­ciudadanos.

Siguió la historia; primero el imperio de Agustín de Iturbide y en seguida guerras entre hermanos; luego, en un momento de concordia y unidad el 31 de enero de 1824, se firmó el Acta Constitutiva de la Federación Mexicana y días después, el 5 de febrero, se aprobó la primera Constitución Federal de nuestra patria; cabe decir que en uno de sus artículos estableció que durante cinco años no podría ser modificada.

Siguieron dos constituciones centralistas, después se aprobó la Constitución liberal de 1857; sus rasgos más importantes son la definitiva separación entre la Iglesia y el Estado, así como la proclamación de una lista de derechos humanos; la Constitución generó una cruenta guerra entre liberales y conservadores que concluyó con el triunfo del presidente Juárez y el fusilamiento en el Cerro de las Campanas de Miramón, Mejía y Maximiliano.

Otra Constitución digna de una celebración, es la de 1917, aprobada en Querétaro a raíz del triunfo de la Revolución Mexicana sobre el gobierno de Victoriano Huerta; su aportación más importante fue haber sumado por primera vez en las historias, a los derechos humanos de carácter individual, los derechos sociales. Con la batería de propuestas presentadas recientemente por AMLO, su carácter de primera Constitución en el mundo con sentido social, se consolida y se profundiza. En 1917, la novedad fue que se reconocieron derechos a los trabajadores y a los campesinos y se aprobó un artículo tercero que constituye un gran avance; no solamente hace obligatoria a la educación y la garantiza para todos, sino que declara las características que esta debe tener: laica, popular y democrática.

Finalmente, recordamos que la Constitución Política de la Ciudad de México se proclamó el 5 de febrero de 2017 y es una ley de avanzada, que amplía el catálogo de los derechos humanos a partir de principios rectores: universalidad, interdependencia y progresividad, ejemplo: se adelantó a declarar el derecho humano al agua; estableció al lado de los poderes tradicionales, Ejecutivo, Legislativo y Judicial, al poder popular, un paso de la democracia participativa.

Como se ve, las celebraciones del 5 de febrero, que tuvieron lugar en el Teatro de la República de Querétaro y en Palacio Nacional, están más que justificadas; las constituciones mencionadas conforman un sistema de justicia social, rectoría del Estado y respeto a los derechos humanos. En mi opinión, elementos muy valiosos para un humanismo mexicano.