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Grupo antitaurino interpone nuevo amparo contra las corridas de astados

Tras 20 meses, mañana se reabre la Plaza México, incluso ya se anunció el cartel

 
Periódico La Jornada
Sábado 27 de enero de 2024, p. 25

El diputado de la Asociación Parlamentaria Izquierda Liberal en el Congreso capitalino, Jorge Gaviño Ambriz, acompañó a la asociación Todas y Todos por Amor a los Toros a interponer un amparo ante los tribunales de distrito en materia administrativa del Poder Judicial de la Federación en contra de la celebración de las corridas en la Ciudad de México.

Esta semana la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó la suspensión definitiva a un juicio de amparo promovido por la asociación Justicia Justa, que mantuvo suspendida dicha actividad desde mayo de 2022, lo que permite reanudar los espectáculos en la Plaza de Toros México, que de hecho ya anunció su cartel para mañana.

Gaviño explicó que al resolver el juicio la Corte no fue al fondo del asunto, sino que desestimó la demanda al considerar que la asociación Justicia Justa carecía de interés legítimo al no acreditar una afectación inminente e irreparable que hiciera necesaria la protección de la justicia federal.

Violeta Tamara Miranda, presidenta de la mesa directiva de Todas y Todos por Amor a los Toros, expuso que el objeto jurídico de la asociación es la protección y defensa del derecho a un medio ambiente sano, el bienestar animal, el trato digno y respetuoso a los animales y a promover la proscripción de cualquier acto de maltrato, sufrimiento o crueldad animal, lo que está especificado en el escrito de demanda para no dar lugar nuevamente a que, una vez que el asunto llegue a la SCJN, se desestime por no tener acreditado un interés legítimo.

El legislador expuso que la demanda se sustenta en el derecho a un medio ambiente sano que ampara el artículo cuarto de la Constitución, lo que está vinculado al bienestar animal, también establecido en la Carta Magna de la Ciudad de México, “que reconocen el derecho de los animales como seres sintientes, a tener una muerte digna, incluso aquellos que son sacrificados, lo que implica que tiene que ser un acto instantáneo, indoloro y sin agonía, todo lo contrario de lo que ocurre en una plaza de toros.

Las dos constituciones, tanto la general como de la ciudad, no hablan de distinciones, sino del derecho de los animales sintientes, de tal manera que no se puede tratar algunos animales con ciertos derechos y a otros con derechos distintos.

En consecuencia, es inconstitucional toda ley secundaria que haga una distinción para exceptuar que los toros se sacrifiquen sin respetar el derecho a una muerte digna, que es el fondo del asunto sobre el que debe manifestarse la Corte.