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Rechazan recurso de la FGR contra liberación de Rosario Robles
 
Periódico La Jornada
Martes 19 de septiembre de 2023, p. 12

Un tribunal colegiado validó el fallo que exoneró a la ex secretaria de Desarrollo Social Rosario Robles de los dos cargos de ejercicio indebido del servicio público, por los que pasó tres años encarcelada en Santa Martha Acatitla.

El tribunal rechazó un recurso de la Fiscalía General de la República (FGR) y la Auditoría Superior de la Federación (ASF), que apelaron la resolución que permitió la liberación de Robles.

El colegiado aprobó de forma unánime el proyecto del magistrado Juan Carlos Ramírez Benítez, quien argumentó que Roberto Paredes Gorostieta Femat, juez de control con residencia en el Reclusorio Sur, cumplió con cada uno de los resolutivos de un amparo en favor de la ex funcionaria.

El juzgado tercero de distrito de amparo ordenó al juez Paredes Gorosrieta Femat revisar la medida cautelar de prisión preventiva impuesta a Robles, por su presunta responsabilidad en delitos que causaron un daño al erario federal por más de 5 mil millones de pesos, razón por la cual la fiscalía solicitaba una pena de 21 años de prisión.

A finales de febrero pasado, el juez de control absolvió a la ex secretaria de Desarrollo Social. Tras el fallo, la FGR cuestionó la decisión de Paredes Gorostieta Femat.

El juez de control sobreseyó de manera total la causa penal iniciada contra Robles y canceló la presentación mensual a la que estaba obligada la ex funcionaria, a fin de acreditar ante la autoridad judicial que cumplía con las medidas cautelares.

Con esa decisión, el caso llegó a una sentencia absolutoria, al cumplirse la ejecutoria de amparo dictada por el noveno tribunal colegiado en materia penal.

En junio pasado, Octavio Mejía Ojeda, juez tercero de distrito de amparo en materia penal, dio por cumplida esa sentencia del noveno tribunal.

La FGR y la ASF interpusieron los recursos contra la resolución del juez Mejía Ojeda.

El impartidor de justicia consideró en ese entonces que a Robles se le acusó con base en legislaciones que no eran aplicables por proceder de reformas constitucionales de 2015 y se le debió instaurar un procedimiento de carácter administrativo señalado en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.