Política
Ver día anteriorJueves 24 de agosto de 2023Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
Retira proyecto que pretendía separar de su cargo al Presidente
 
Periódico La Jornada
Jueves 24 de agosto de 2023, p. 4

El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Luis María Aguilar Morales retiró en el último momento su proyecto de sentencia en el que proponía sancionar hasta con la separación de su cargo al presidente Andrés Manuel López Obrador, por no ratificar a una magistrada del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

El caso es un amparo promovido por María Bárbara Templos Vázquez, quien impugna no haber sido ratificada por otro periodo de 10 años, como integrantes de la Sala Regional del tribunal. La magistrada concluyó formalmente su periodo legal el 26 de julio pasado, pero cumplió previamente con el proceso para su ratificación, que incluyó una evaluación de su desempeño, la cual fue enviada al Presidente, quien omitió darle respuesta.

Templos Vázquez promovió entonces un amparo, del cual obtuvo una suspensión que le ha permitido seguir como magistrada, aunque con otra adscripción.

El asunto llegó a la SCJN, donde su estudio tocó en turno al ministro Aguilar, que en su propuesta de fallo señala que el presidente López Obrador sí incurrió en una omisión al no dar respuesta a la petición de ratificación de la magistrada.

Por ello propuso otorgar el amparo y ordenar al Presidente que ratifique a Templos Vázquez, o de lo contrario podría ser sancionado con la remoción de su cargo.

Debe destacarse que la Constitución federal no establece la limitación relacionada con el Presidente de la República para el cumplimiento de la ejecutora; por lo tanto, esta segunda sala estima necesario que, en caso de que exista incumplimiento por parte del Ejecutivo federal, en específico en lo relativo a ratificar a la quejosa para un segundo periodo en el cargo de magistrada, el juez del conocimiento deberá inaplicar la prohibición establecida en la Ley de Amparo y aplicar directamente el artículo 107, fracción XVI, de la Constitución, señala el proyecto que fue retirado por el propio ministro Aguilar.

El artículo 107 constitucional citado advierte que: si concedido el amparo, se repitiera el acto reclamado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de acuerdo con el procedimiento establecido por la ley reglamentaria, procederá a separar de su cargo al titular de la autoridad responsable.

Es frecuente que el Presidente de la República sea demandado como autoridad responsable en juicios de amparo, pero generalmente las sentencias que lo obligan a tomar una acción le fijan un plazo pertinente o plantean vías para su cumplimiento, lo cual no se incluyó en el proyecto del ministro Aguilar.

El retiro de un proyecto ya listado para votación supone que el ministro revisará su propuesta, que hay un nuevo elemento jurídico que analizar o bien que alguna de las partes se desistió.

Este proyecto se hizo público en momentos en que el gobierno federal anunció que presentará una queja en contra del ministro Aguilar.