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Daña la libertad de expresión: CIRT

Impugna Televisa plan de monitoreo para el próximo proceso electoral

El proyecto incluye seguimiento a programas de opinión, así como de espectáculos o revista

 
Periódico La Jornada
Sábado 15 de julio de 2023, p. 4

La Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión (CIRT) y Televisa impugnaron el monitoreo recién aprobado por el Instituto Nacional Electoral (INE) para aplicar en el proceso electoral 2023-2024. Una de las novedades de este mecanismo será el seguimiento de programas de opinión y de espectáculos o revista.

Y mientras el INE abrió la convocatoria para que instituciones de educación superior participen en este proceso de monitoreo de materiales, los inconformes solicitaron a la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF ) revocar el acuerdo del INE para que se excluyan los géneros recién añadidos.

El árbitro electoral tiene casi una década de coordinar este trabajo de monitoreo, junto con universidades, para documentar el contenido de espacios noticiosos con el propósito de contribuir a un voto razonado.

Pero al ampliar el rango, los concesionarios privados de radio y televisión no están de acuerdo, al considerar que hay afectaciones a la libertad de expresión y del derecho de la ciudadanía al acceso a la información plural y oportuna.

La CIRT –y la televisora en particular– argumenta que no hay forma de clasificar una opinión positiva o negativa de los participantes en dichos programas.

Esa medida vulnera el derecho de nuestros agremiados para difundir opiniones y desarrollar su labor periodística, así como los derechos de las audiencias para acceder y recibir contenidos que reflejen el pluralismo ideológico, político, social, cultural y lingüístico de la nación; recibir programación que incluyan diferentes géneros que respondan a la expresión de la diversidad y pluralidad de ideas y opiniones que fortalezcan la vida democrática de la sociedad, que en época de procesos electorales se incrementa, lo que inhibe el desarrollo de un periodismo libre, se lee en el recurso de apelación interpuesto por la CIRT.

Al momento de avalar la nueva metodología, hace unos días, el consejo general del INE aprobó por unanimidad el proyecto según el cual el análisis de contenido de información en programas de opinión no interfiere con la libertad de expresión, pues sus resultados no son vinculantes y el monitoreo noevita su difusión.

Los consejeros respaldaron la idea de que, al revés, este monitoreo constituye una herramienta que permite conocer el tratamiento otorgado por los programas y medios a los procesos electorales.

Tampoco se vulneran los derechos de libertad de expresión y de acceso a la información, ya que son interdependientes y no se excluyen, sino que se complementan, indican.

En cambio, los concesionarios afirman que la razón teleológica para no valorar las opiniones es que por naturaleza son subjetivas, es decir, son responsabilidad exclusiva de su emisor, por lo que una tercera persona no puede calificar cuál fue la verdadera intención o sentido de esa expresión, es decir, no tiene la posibilidad de discernir sus alcances positivos o negativos.

Advierten que en el supuesto de que una autoridad realice el monitoreo de opiniones y difunda las veces que un analista o participante critica de forma negativa o positiva a determinados candidatos, partidos o coaliciones, se traduce en una medida que inhibe la libre manifestación de las opiniones políticas.

Lo anterior, afirma la CIRT, porque quienes desempeñan esa tarea serán objeto de una vigilancia permanente y serán identificados por la autoridad electoral, lo que viola los derechos a su libertad de expresión, y a la vez, el acceso a la información de la ciudadanía, a la que se le priva de conocer la pluralidad de opiniones o hacerlo en forma limitada.