Número 175 Suplemento Informativo de La Jornada Directora General: Carmen Lira Saade Director Fundador: Carlos Payán Velver
LIBERTAD

Entrevista con Hugo Aguilar Ortiz Coordinador general de Derechos Indígenas (INPI)

Derechos indígenas y afromexicanos: indispensables para la transformación

Enrique Pérez S.

En entrevista con La Jornada del Campo (LJC), Hugo Aguilar Ortiz (HAO), Coordinador General de Derechos Indígenas del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI) reflexiona sobre el proceso de construcción de la propuesta de Reforma Constitucional sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicano y la importancia que tiene dicha propuesta en la transformación del país.

LJC: ¿En qué consiste la propuesta de Reforma Constitucional sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicano?

HAO: Es una propuesta de reforma que pretende generar un nuevo marco constitucional para el ejercicio pleno de los derechos fundamentales de los pueblos indígenas y tiene dos sentidos. Por un lado, armonizar nuestra Constitución Federal a los instrumentos internacionales que se han aprobado en los últimos años. Por ejemplo, la última reforma que tenemos en México data de septiembre del 2001, la reforma que se introdujo al artículo 2 constitucional y después de esa reforma, se adoptó la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y la Declaración Americana, que contemplan algunos derechos fundamentales, entre otros, sobre el derecho al territorio. Entonces, una finalidad de esta reforma es bajar estas disposiciones convencionales a nuestra Constitución y por otra parte, armonizarlo con un conjunto de resoluciones que han emitido los tribunales, tanto electoral como agrario y, sobre todo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). La perspectiva que tenemos es que estos precedentes judiciales se puedan generalizar, que puedan tener una aplicación en todas las comunidades, sin que necesariamente otras comunidades judicialicen en su situación. Entonces, si se tiene en cuenta este conjunto de criterios que ha fijado la SCJN para tratar de colocarlos ya como norma constitucional, que a su vez tenga una norma operativa y que garantice el ejercicio de esos derechos sin necesidad de que las comunidades acudan a judicializar su situación.

LJC: ¿Cómo se construyó esta propuesta?

HAO: Hay varios precedentes que pudiera comentarles. En el ejercicio de la libre determinación hay un precedente que fijó la Sala Superior del Tribunal Electoral Federal, una acción declarativa promovida por la comunidad de Pichátaro en Michoacán, en donde la Sala Superior determinó que no puede haber autonomía sin recursos. Entonces estableció que las comunidades indígenas, en ejercicio de su libre determinación, tienen derecho de acceder a los recursos públicos y de administrarlos de manera directa, en especial se pronunció sobre los recursos del ramo 28 y 33 que reciben los municipios y a partir de aquella resolución, los propios tribunales han fijado la obligación de los municipios de darles la parte proporcional que le debe corresponder a las comunidades indígenas. En el plano de tierras, la SCJN ha establecido que las comunidades no sólo tienen derecho a la tierra, sino también tienen derecho al territorio. Un poco siguiendo las reflexiones que ha tomado la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de declarar que las comunidades tienen derecho al territorio y este concepto de territorio tiene varias implicaciones. Por una parte, no se exige o no se debe de exigir que las comunidades acrediten la propiedad sobre sus tierras con un título formal, sino que es suficiente la posesión ancestral que las comunidades tienen sobre su territorio, para que se entienda acreditado el derecho de propiedad sobre dichos territorios. Eso lo ha retomado también la Corte mexicana y lo ha establecido en algunas resoluciones. En otro sentido, la Corte fijó un criterio del derecho a la jurisdicción indígena. La Corte estableció que con base en el artículo 2, apartado A, en su fracción segunda, que establece que las comunidades tienen derecho a resolver sus conflictos conforme a sus sistemas normativos, señaló que ahí está la base constitucional para una auténtica jurisdicción indígena y estableció que las comunidades tienen el derecho de ejercer jurisdicción indígena y las autoridades del Estado deben respetar dicha jurisdicción a la hora que las comunidades resuelven un conflicto, éste debe tener el carácter de auténtica resolución y así debe ser respetado por las autoridades. Éstas, entre otras, son las que están nutriendo la propuesta de reforma constitucional. Por ejemplo, en la propuesta de reforma estamos proponiendo que se reconozca a las comunidades personalidad de Derecho Público, que se les reconozca como sujetos de Derecho Público, porque en sentido estricto lo que dice la Corte cuando reconoce el Derecho de Libre Determinación, el derecho a la jurisdicción, es que estamos frente a una entidad pública que genera decisiones que impactan sobre los derechos de sus gobernados. Por otro lado, en la propuesta estamos señalando que se debe establecer un marco de coordinación entre justicias, entre la justicia del Estado y la justicia de la comunidad indígena.

Hugo Aguilar Ortiz (HAO), coordinador de Derechos Indígenas del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI).

LJC: ¿Cuál ha sido la respuesta de los pueblos indígenas y afromexicano a esta propuesta constitucional?

HAO: Hicimos una devolución de la propuesta en los 57 foros a nivel nacional. La propuesta de reforma constitucional la devolvimos a cada uno de los foros de consulta que hicimos en 2019 y la verdad es que en su generalidad se está aceptando, sólo algunos detalles podría señalar que todavía están sujetos a debate, pero ya tienen un consenso de la mayoría.

Por poner el caso, el derecho de libre determinación a nivel comunitario en Michoacán lo quieren denominar de otra manera. En Michoacán quieren ya tomar el cuarto nivel de gobierno. En el resto del país no tienen esta concepción, sino es simplemente cómo ejercer la libre determinación en el marco del municipio, en el marco del Estado y en el marco de la Federación. Pero no necesariamente tiene que hablarse de un cuarto nivel de gobierno, porque creo que eso puede generar alguna dificultad o entenderse mal por algunos sectores de la sociedad mexicana. Pero en lo general hay un amplio consenso sobre la propuesta que hemos hecho.

LJC: Hablando de esos “detalles” que todavía se pueden corregir ¿qué está haciendo el INPI para poder solventar esas diferencias?

HAO: Consideramos que estos pequeños detalles van a ser materia de adecuaciones a la Constitución local, es decir, si deben considerarse como cuarto nivel de gobierno, en el caso de Michoacán, creo que se podrá proceder en consecuencia, pero por ahora lo que hemos presentado, creo que ya goza del máximo consenso. Obviamente que todavía faltan algunas etapas del proceso legislativo, falta que llegue al Poder Legislativo y se abra el debate, y se hagan estos ajustes en el sentido de nombrar de distintas maneras a una misma situación jurídica. Sin embargo, nosotros consideramos que como está, y así también lo han entendido los que opinaban con algunas particularidades, ya se puede tener como un documento ampliamente consensuado y suficiente para dar cauce a una reforma constitucional.

LJC: ¿En qué estatus se encuentra dicha propuesta? ¿Por qué no se ha presentado ante el Congreso de la Unión? ¿Cree que se pueda presentar, discutir y aprobar este año? ¿Se aprobará antes de que termine el gobierno de la 4T?

HAO: El documento (ya) fue entregado al presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y el presidente lo turnó a la Consejería Jurídica. Hemos estado en comunicación con la Consejería, pero traen también un listado de temas que están sacando antes de analizar esta propuesta de reforma. (Ahora están) la Reforma Eléctrica, la propuesta de compactación administrativa, entre otras y luego se analizaría la propuesta de reforma constitucional. Entonces es cuestión de tiempos para que se analice y se vea en qué términos va a pasar la propuesta de iniciativa.

Tengo la confianza de que si no entra en estos últimos días del periodo de sesiones, entrará al inicio del siguiente (periodo) y se arrancará el debate también de esta reforma, ya que ésta es amplia e integral y contempla alrededor de 32 artículos. (Dicha reforma) contempla los temas de territorio, libre determinación, jurisdicción, cultura, educación, nueva relación con el Estado, derechos de las mujeres indígenas, derechos del pueblo afromexicano. Se complementa en la reciente reforma que se estableció al 2 constitucional agregando un apartado C y se hace un listado de derechos específicos que tendrían los afros. Es una propuesta muy completa y estoy seguro que una vez que llegue a Legislativo todavía va a abrir el debate. Tenemos la confianza de que hacia el mes de septiembre, a más tardar, ya tendría que estar en el Congreso.

Yo creo que la apuesta de transformar el país de manera sustantiva, real, verdadera, pasa por esta reforma. No creo que que podamos hablar de que se culmina o se sientan las bases fundamentales de una transformación del país, si no se atiende este reclamo ancestral de los pueblos, si no se mejora su posición en la Constitución Federal, porque eso repercute en el trato de la política pública y de las distintas instituciones que conforman el Estado mexicano. Creemos que sí es de capital importancia adoptar una reforma como la que estamos proponiendo.

Quiero comentarles que en este segundo paquete de reuniones que tuvimos para devolver la propuesta, las autoridades y las personas indígenas suscribieron mediante firmas la propuesta. Tenemos alrededor de 400 mil firmas que respaldan la propuesta. Entonces, en un momento dado, también puede convertirse esto en una iniciativa ciudadana, pero creemos que el proyecto, el contenido del documento esta en consonancia con todos los aspectos que ha planteado el presidente Andrés Manuel, y creemos que es cuestión de ir desahogando los temas que están en agenda para que el nuestro pueda ser analizado y en su caso, enviado por el titular del Ejecutivo.

LJC:¿Considera qué esta propuesta de reforma constitucional está a la vanguardia de los Acuerdos de San Andrés?

HAO: Totalmente. Considero que cumple los grandes trazos, los grandes temas de aquellos acuerdos adoptados en San Andrés Larráinzar. Incluso en algunos temas, podríamos decir que se refresca con los contenidos y los avances del plano internacional. Entonces creo que, en gran medida, es un documento que da un pasito más en torno a aquellos acuerdos suscritos entre el Gobierno y el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN). Desde nuestra perspectiva, en el tema de territorio, por ejemplo, se hace un planteamiento constitucional sumamente interesante. Nuestra propuesta no plantea reformar el artículo 27 constitucional, que es el que regula todo el tema de la propiedad de las tierras y el que genera el tema agrario en nuestro país, sino que busca abrir un gran apartado en el artículo 2, porque en nuestra perspectiva y con base en los instrumentos internacionales los pueblos cuando plantean derecho al territorio, superan la concepción normativa del derecho a la tierra, que es lo que da sentido a la Reforma Agraria y al tema agrario en México. Entonces, para los pueblos indígenas no es suficiente el derecho agrario, por lo que no requerimos de modificar el régimen agrario, sino generar un nuevo régimen para los pueblos indígenas que implica la propiedad ancestral sobre sus tierras, territorios y recursos naturales. Esta nueva reforma, lo que va a propiciar en este nuevo escenario, va a generar un diálogo necesario entre el artículo 2 y el artículo 27 de la Constitución.

Hay que recordar que en los Acuerdos San Andrés el tema de territorio no fue materia de debate. En este sentido, al adoptar este nuevo enfoque, por un lado, recuperar el concepto de territorio que establece el 13 del Convenio 169 y generar un marco jurídico para el derecho al territorio de las comunidades indígenas, en gran medida éste supera lo pactado en San Andrés.

LJC: ¿Han tenido acercamientos con el EZLN y con el Congreso Nacional Indígena (CNI) sobre esta propuesta? ¿Qué piensan, qué opinan al respecto?

HAO: Varias comunidades acudieron a los foros que realizamos, fueron foros abiertos, no fueron selectivos. Un diálogo formal con ellos no se ha tenido, pero estamos abiertos a dialogar con los abogados, con los dirigentes, no estamos cerrados a tener un diálogo constructivo con ellos. Y, creo que una vez que se abra el debate público, conoceremos si se cumple con estas expectativas de autonomía, de territorio, de jurisdicción que son los reclamos añejos de los pueblos indígenas. Esperaría que así va a ser, porque vaya, el estatus que tienen los derechos indígenas en México ha sido una construcción colectiva donde han participado los pueblos, las organizaciones, la academia y obviamente también el EZLN. Entonces no podemos decir aquí estamos retomando el planteamiento de un sector de México y estamos dejando fuera planteamientos de otro sector, por poner un caso. Alguien planteaba que por qué nosotros no adoptamos el concepto de la plurinacionalidad, por qué no decimos que México es un Estado plurinacional, que es un concepto desarrollado en Sudamérica. Pero nosotros decimos, es un concepto válido, pero no ha sido adoptado ni desarrollado en México. Entonces mal haríamos en plantear un concepto, donde no hay un consenso aquí. No hay nadie que lo este planteando en esos términos.

Finalmente, si cualquier persona revisa nuestra propuesta de reforma constitucional, va a ver que no hemos inventado nada. No hemos descubierto el hilo negro de los derechos indígenas, sino que, hemos consolidado distintas opiniones, en donde están incluidas la reflexión y los planteamientos de los hermanos del sureste mexicano. •

Nota de LJC: ¿Quieres conocer más sobre la propuesta?, te dejamos el siguiente enlace: https://www.gob.mx/inpi/documentos/inpi-propuesta-de-reforma-constitucional-sobre-derechos-de-los-pueblos-indigenas-y-afromexicano