"La Jornada del Campo"
Número 163 Suplemento Informativo de La Jornada Directora General: Carmen Lira Saade Director Fundador: Carlos Payán Velver
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Canales de Xochimilco.  David Rivero FragosoCanales de Xochimilco. David Rivero Fragoso

Biopiratería, el arma de los tratados comerciales

David Rivero Fragoso Universidad Iberoamericana CDMX

El extraccionismo es uno de los embates del colonialismo más grave y vigente por el que atraviesa México junto con la gran mayoría de los países que han sufrido la colonización. Cantidades exorbitantes de bienes naturales como petróleo, madera, carbón y metales fueron extraídos durante siglos de sus territorios hasta el agotamiento. En este momento, la diversidad biológica es un bien de gran interés económico.

Con la adopción de los tratados de libre comercio, el TPP 11 y el T-MEC y de reformas legislativas como la de la Ley Federal de Variedad Vegetales (LFVV) –que incorporan tratados que buscan patentar organismos vivos como el convenio de la UPOV 91– se facilita el acceso a la diversidad biológica de países como México y se pone en riesgo su conservación.

La riqueza biológica de nuestro país es un bien invaluable para la humanidad, en ella está la clave para afrontar crisis como el calentamiento global que amenaza nuestra existencia; parte de este patrimonio se encuentra en el germoplasma de los organismos vivos, custodiados por las comunidades originarias que han logrado a través de los siglos establecer una relación de convivencia de beneficio mutuo con la naturaleza sin generar daño, aportando así conocimientos tradicionales de gran valor biocultural.

Para las leyes comerciales y de propiedad intelectual, la biodiversidad es un recurso económico con capacidad de generar ganancias millonarias por su explotación, por lo que han creado mecanismos jurídicos extractivistas con el fin de generar un derecho del capital. Por ejemplo: los derechos de obtentor diseñados para legitimar la biopiratería, donde bastaría que cualquier científicx extraiga el recurso genético de cualquier organismo vivo que no esté registrado en ninguna reguladora de patentes y registrarlo como su “descubrimiento”. Con ello quedaría prohibida su reproducción y venta a cualquier persona, incluidas las comunidades originarias que custodiaron y mejoraron al organismo “descubierto” por siglos.

El caso más sonado de biopiratería en México es el del maíz Olotón, capaz de producir nitrógeno en sus raíces para autofertilizarse. Investigadorxs de dos universidades extranjeras visitaron Oaxaca para conocer esta raza de maíz y sustrajeron muestras, al amparo de SEMARNAT en aquel entonces, sin realizar una consulta previa, libre informada a las comunidades que conservan ese maíz. En los laboratorios encontraron las claves de la auto fertilización y están en posibilidad de patentarlas.

En un futuro cercano es muy probable que encontremos en el mercado variantes de maíz y otras especies que pueden auto fertilizarse, que generarán millonarias ganancias a las empresas e investigadorxs sin compartirlas con las comunidades rurales que a través de los procesos de domesticación lograron crear esta raza de maíz.

Actualmente, el avance tecnológico permite que los centros de investigación no necesiten siquiera extraer muestras de los organismos vivos que se encuentran en el territorio de un país, ya es posible secuenciar el genoma de los organismos (también conocida como secuencia digital) en terreno sin informar a las comunidades. Con la información obtenida de la secuencia digital lxs científicxs pueden estudiar en el laboratorio las partes del genoma de una especie que expresa alguna característica de su interés y reproducirla a través de la biología sintética sin requerir de una muestra del organismo vivo. Además, pueden patentar como suyo tanto el mapa genético completo de una especie como la característica aislada, todo esto sin consultar ni compartir beneficios con las comunidades originarias.

En otras palabras, las comunidades originarias encontraron usos medicinales de una gran cantidad de plantas gracias a sus conocimientos y los han transmitido de palabra y con el ejemplo. Lxs científicxs podrían visitar a las comunidades para conocer los usos medicinales de varias plantas y extraer las secuencias digitales de ellas en el lugar de la naturaleza donde se encuentran sin necesidad de requerir consentimiento de las comunidades. Con la secuencia podrían identificar el ingrediente curativo de la planta, reproducirlo mediante biología sintética, usarlo para elaborar un medicamento y patentarlo como suyo.

Un problema generado por el derecho del capital a través del derecho de obtentor es que entiende a los organismos como entes estáticos, susceptibles de control, lo cual no es cierto, ya que ellos necesitan estar en constante diversificación para garantizar su supervivencia. Las comunidades originarias entienden esto y conservan prácticas culturales como la de selección de semillas para mejoramiento de las variedades de plantas que cultivan. No obstante, la legislación busca criminalizar e imponer sanciones económicas exorbitantes a quienes continúen con estas prácticas en organismos que ya han sido patentados. Contener a los organismos vivos como si estuvieran en tubos de ensayo sólo incrementa el riesgo a plagas, enfermedades y cambios ambientales. Además, criminaliza a las comunidades originarias, las pauperiza, las hace dependientes de las semillas producidas por las empresas y pone en riesgo su supervivencia. •

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