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Frenan comienzo del juicio oral a Rosario Robles hasta resolver amparo
 
Periódico La Jornada
Martes 13 de abril de 2021, p. 9

El juzgado tercero de distrito notificó al juez de control que no podrá iniciar la etapa de juicio oral en el caso de Rosario Robles Berlanga hasta que se resuelva de fondo el amparo promovido por la defensa de la ex secretaria de Estado, en el que se analizará la legalidad de las acusaciones en su contra, pues se argumenta que el delito de ejercicio indebido del servicio público que se le imputa ya se derogó, y si se decreta la apertura del juicio oral, se violaría la suspensión otorgada.

Los abogados de la ex funcionaria en el gobierno de Enrique Peña Nieto promovieron este juicio de amparo hace unas semanas con el fin de que el caso sea anulado.

En el acuerdo, al que La Jornada tuvo acceso, el impartidor de justicia señaló que una vez que se ratifique la sentencia del juicio de amparo, es decir, si le concede o no la protección de la justicia, se informará tanto a los abogados de la ex secretaria como al juez de control la fecha y hora en que continuará con la audiencia donde se dictará la apertura de dicho proceso.

A finales de marzo concluyó la etapa de la audiencia intermedia, en la cual se definió el número de pruebas testimoniales y documentales que podrán ser analizadas y utilizadas en la siguiente fase del nuevo sistema de justicia penal.

Por ello, el juez Ganther Alejandro Villar Ceballos envió un escrito al juzgado tercero de distrito en materia de amparo, con sede en la Ciudad de México, para que se le precisaran los efectos de la suspensión que impide emitir el auto de apertura del juicio oral contra Robles, quien permanece privada de la libertad en el Centro Femenil de Readaptación Social de Santa Martha desde agosto de 2019. En su momento, la Fiscalía General de la República (FGR) solicitó al juez Villar Ceballos que se le dicte una condena de 21 años de prisión y se le condene al pago de 5 mil 500 millones de pesos.

La ex funcionaria y su defensa tienen hasta antes de que el juez emita la apertura de juicio oral para negociar un criterio de oportunidad y celebrar un procedimiento abreviado.