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Reforma a 11 ordenamientos legales

El Senado impulsará la igualdad laboral de hombres y mujeres
 
Periódico La Jornada
Domingo 22 de noviembre de 2020, p. 6

El Senado aprobará una reforma a 11 ordenamientos legales, entre ellos la Ley Federal del Trabajo (LFT), para establecer la igualdad salarial entre hombres y mujeres, así como prohibir toda discriminación por motivo de género en las remuneraciones de trabajadoras del sector público y privado. Obliga a dar las mismas oportunidades en el caso de ascensos para personal femenino y masculino.

Se considera violencia económica pagar remuneraciones menores por motivo de género e introduce la obligación de que cada centro de trabajo cuente con un certificado de igualdad laboral y no discriminación.

En la exposición de motivos del dictamen, que se discutirá en la próxima sesión –programada para el jueves–, se señala que uno de los retos por resolver es la discriminación salarial contra las mujeres, pues pese a realizar trabajo igual que los varones, sus sueldos son menores.

Se precisa que una mujer en México gana hasta 30 por ciento menos que un hombre por el mismo trabajo y el país ocupa el número 128 entre 144 naciones en términos de desigualdad en materia de remuneraciones.

Pese a que su participación económica en los recursos de los hogares se incrementó, el salario de las mujeres es menor al de los hombres. En 2016 una tercera parte de los ingresos de los hogares provenía de las mujeres, pero persiste la desprotección y precarización. Se resalta, asimismo, que la desproporción es mayor en los niveles salariales más altos.

También se menciona en el dictamen que, de acuerdo con datos del tercer Foro Global Empresas por la Igualdad de Género, únicamente 22 por ciento de los cargos gerenciales en las compañías son ocupados por mujeres y sólo 4.2 por ciento de las grandes empresas de la región cuentan con una mujer como directora general o presidenta.

Entre las normas reformadas está la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. En su artículo sexto indica que se considerará violencia económica la que provoca o perpetúa la brecha de género o la percepción de un salario menor por trabajo igual o de igual valor.

En la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres se establece que la autoridad competente deberá promover que en cada centro de trabajo del sector público y privado haya un certificado de igualdad laboral de género y no discriminación, en el cual se acrediten prácticas igualitarias que favorezcan el desarrollo integral de sus personas trabajadoras.

En tanto, en la LFT se deja claro que está estrictamente prohibida toda acción u omisión que directa o indirectamente provoque o perpetúe la brecha salarial de género, desde preguntar el historial salarial en cualquier momento del proceso de contratación laboral o de vigencia de la relación, hasta la percepción de un salario menor por trabajo igual o de valor igual, dentro mismo centro laboral, así como cualquier otro tipo de discriminación por razón de género.

En la LFT se indica asimismo que los salarios se fijarán con base en criterios objetivos de equidad entre mujeres y hombres, bajo el principio de igual remuneración por trabajo de igual valor, en términos de lo establecido en la Constitución y tratados internacionales.

Cambios similares se hacen en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, la Ley del Seguro Social, la de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley de Cámaras Empresariales, entre otras.