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Retrasa la pandemia los procesos de reclusas en San Cristóbal
Corresponsal
Periódico La Jornada
Lunes 21 de septiembre de 2020, p. 28

San Cristóbal De Las Casas, Chis., Diez mujeres presas en el penal de San Cristóbal solicitaron un amparo ante el juzgado de distrito con sede en Tuxtla Gutiérrez debido a que la suspensión de actividades en el Poder Judicial estatal desde el 18 de marzo, a causa de la pandemia de Covid-19, ha ocasionado que se retrasen sus procesos jurídicos.

El 18 de marzo de 2020 nos dijeron que se suspendían las labores de los juzgados y eso ha provocado que no se dé trámite a nuestros casos; no sabemos cuándo nos van a fijar fecha para las audiencias, lo que constituye violencia institucional y de género y nos niegan acceder a la justicia, señalaron.

No entendemos por qué si ya los juzgados federales están trabajando, los que tramitan nuestros casos, que son estatales, siguen cerrados y nosotras seguimos en la incertidumbre, agregaron.

Las solicitantes son madres, principales cuidadoras de niñas y niños menores de 12 años. Nos encontramos internas en el Centro de Reinserción Social para Sentenciados número 5, con sede en San Cristóbal de Las Casas.

Recordaron que el pasado 9 de abril la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió la declaración 1/2020 ante la pandemia causada por el coronavirus e instó a los gobiernos a que se ciñan al estado de derecho, con pleno respeto a los instrumentos interamericanos de protección y a los estándares desarrollados en la jurisprudencia.

Agregaron que la CIDH consideró que las medidas que los estados adopten deben ser legales, ajustadas a los objetivos definidos conforme criterios científicos, razonables, estrictamente necesarios y proporcionales y acordes con los requisitos desarrollados en el derecho interamericano de los derechos humanos.

Denuncian carencias

Las 10 mujeres afirmaron también que las medidas que ha tomado la Subsecretaría de Seguridad Pública, encargada de la administración de los centros penitenciarios, se ha limitado a prohibirles las visitas, “aunado a que no cubre las necesidades básicas de las prisioneras, lo que las priva del acceso a los recursos más elementales como alimentos y enseres de limpieza.