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Análisis de fideicomisos, previsto en el PEF 2020
 
Periódico La Jornada
Sábado 4 de abril de 2020, p. 12

La disolución de los fideicomisos que proveerá 250 mil millones de pesos al gobierno federal se contempló en el artículo decimoctavo transitorio del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2020 aprobado por la Cámara de Diputados el año pasado, por el cual ordenó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) elaborar un informe con el propósito de evaluar la pertinencia de mantenerlos vigentes o extinguirlos.

Alfonso Ramírez Cuéllar (dirigente nacional interino de Morena), quien fue el promotor del artículo decimoctavo del PEF 2020 mientras se desempeñó como presidente de la Comisión de Presupuesto, calificó de acertado y coherente el decreto presidencial, y en consonancia con los requerimientos de dos puntos del PIB, refirió que los otros 250 mil millones de pesos deberán obtenerse de la eficiencia recaudatoria, de más ahorros del gobierno y de disciplina fiscal.

La decisión del Presidente contempla la protección de los derechos de los trabajadores. Entre ellos, resguarda las pensiones y sobre todo fortalecerá el empleo, que es una de las variables que más se deben considerar. Y los recursos que se habrán de administrar en los asuntos que determine el Ejecutivo federal, sin duda resultarán de importancia relevante en el reto que significa hacerle frente a la actual crisis.

Dos puntos de PIB

También en la Comisión de Presupuesto –en San Lázaro– se dio a conocer que por lo menos se requerirán dos puntos del PIB (500 mil millones de pesos aproximadamente) para enfrentar la crisis.

Así, el artículo 18 en cuestión devela que en términos de los lineamientos que emita la SHCP, de conformidad con las disposiciones correspondientes, las dependencias y entidades le entregarán a más tardar el último día hábil de marzo un informe respecto del estado que guarda cada uno de los fideicomisos públicos sin estructura, fondos, mandatos y análogos que coordinen o que con cargo a su presupuesto reciban recursos públicos federales, a efecto de que la secretaría lo remita a la Cámara de Diputados.

Dicho informe deberá contener, entre otros aspectos, sus objetivos, estructuras y patrimonio, así como el marco jurídico que justifique su creación, y un análisis de su eficiencia y eficacia en el cumplimiento de sus fines u objeto.

En adición a lo previsto en el párrafo anterior, las dependencias coordinadoras del sector de fideicomisos públicos constituidos de manera análoga a entidades paraestatales deberán informar lo relativo a las estructuras de las citadas entidades, señala.