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El derecho a la verdad
E

l pasado jueves inició la Caminata por la verdad, justicia y paz, convocada por el Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad (MPJD), integrantes de la familia LeBarón, y otras y otros activistas. La Caminata partió de la Paloma de la Paz, en Cuernavaca, llegó ayer a la Ciudad de México, y mañana domingo arribará a Palacio Nacional para pedirle al Presidente, a pesar de su negativa a recibirla, por lo menos tres cosas: volver a colocar la agenda de verdad, justicia y paz como prioridad del país; construir desde esta agenda una política sólida de Estado, y llamar a la unidad para que, en torno a la verdad y la justicia, todas y todos nos aboquemos a esta tarea.

Semanas atrás el poeta y activista Javier Sicilia profirió una afirmación que se ha convertido en una de las grandes críticas del MPJD contra la política de seguridad y búsqueda de la paz del gobierno: “Sin verdad […] no habrá jamás justicia ni paz ni seguridad, mucho menos reconciliación ni la amnistía con la que sueña el Presidente […] no habrá tampoco transformación, no habrá vida política. Lo que habrá es más violencia, más dolor, más olvido, más impunidad, más muerte y más fosas”.

Dado que la verdad es el punto de partida de la agenda propuesta por el MPJD, en tanto uno de los principios de la también llamada y debatida justicia transicional, centraremos nuestras reflexiones desde el horizonte del derecho a la verdad. Adecuando una idea del filósofo griego Aristóteles, consideremos que la verdad puede decirse o entenderse de muchas maneras, una de ellas bajo la perspectiva de los derechos humanos.

Ahora bien, ¿qué es el derecho a la verdad? A este respecto la Ley General de Víctimas señala que todas las víctimas en México, sus familiares y la sociedad en general tenemos el derecho de conocer los hechos constitutivos de un delito y de las violaciones a los derechos humanos, la identidad de las y los responsables, y las circunstancias que hayan propiciado su comisión. El derecho a recibir información específica, participar activamente en la búsqueda de la verdad y al mismo tiempo a expresar nuestras opiniones y preocupaciones.

En contraparte, el Estado tiene la obligación de generar mecanismos para la investigación independiente, imparcial y competente, la cual busca principalmente el esclarecimiento de violaciones a los derechos humanos, la reivindicación de los derechos de las víctimas, la recuperación de la memoria histórica, la determinación de la responsabilidad individual o institucional de los hechos y la superación de la impunidad. Y por lo que se refiere a instrumentos foráneos, la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, ratificada por México en 2008, expresa que el derecho a la verdad obliga al Estado a iniciar investigaciones y a prevenir y sancionar actos que obstaculicen averiguaciones en casos de violaciones a derechos humanos.

A su vez, el Informe sobre el derecho a la verdad, del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (A/HRC/15/33) habla de los mecanismos de protección de testigos, víctimas y otras personas en los procesos de investigación que pretenden esclarecer diversas violaciones a derechos humanos.

En tanto, la resolución 12/12 del Consejo de Derechos Humanos de la ONU reconoce la importanciade preservar la memoria histórica en casos de violaciones y violaciones graves a derechos humanos. Pese a la existencia de estos y otros instrumentos, nacionales e internacionales, en materia de derechos humanos, constatamos que el derecho a la verdad tiene limitaciones considerables en México, debido, entre otras causas, a los altos niveles de corrupción e impunidad, a las redes de macrocriminalidad, en las que participan delincuentes, funcionarios, políticos y empresas, y a las fallas estructurales en las instituciones que administran y procuran justicia.

Y así, de cara a una aparente justicia transicional gubernamental sin transición, ya que sólo se atienden situaciones particulares o casos aislados, no se generan todas las condiciones para que haya una transición completa y radical, la cual transforme normativa y estructuralmente el orden social y político del país. Y ante la falta de políticas integrales y sólidas de Estado para enfrentar y erradicar la crisis actual de derechos humanos, es vital implementar procesos de verdad, justicia, reparación y no repetición por medio de mecanismos efectivos (ordinarios y extraordinarios) que atiendan las causas y consecuencias de las violencias sistémicas, sistemáticas y extremas, privilegiando la participación de las víctimas y sobrevivientes, y articulando a organizaciones de la sociedad civil, la academia, los movimientos sociales, los periodistas, las personas defensoras de derechos humanos, la iniciativa privada y las autoridades.

Sin verdad difícilmente habrá acceso a la justicia, reparación integral del daño y garantías de no repetición para las miles y miles de víctimas y sobrevivientes en la nación.