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Admite la SCJN recursos contra la ley garrote
 
Periódico La Jornada
Viernes 13 de septiembre de 2019, p. 31

José Fernando Franco González-Salas, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad presentadas por separado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el partido Movimiento Ciudadano (MC), y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Tabasco (Codehutab) en contra de la llamada ley garrote. Se trata del decreto 115, promulgado el 31 de julio pasado, que modifica los artículos 196, 196 bis, 299, 307, 308 y 308 bis del Código Penal de Tabasco y que, entre otras disposiciones, castiga hasta con 13 años de cárcel a quienes obstruyan una vía de comunicación, dañen un medio local de transporte público o impidan la realización de obras públicas o privadas. Estas acciones fueron promovidas ante la SCJN por considerar que las reformas son contrarias a los artículos 6 y 9 de la Constitución federal, que protegen los derechos de libre asociación, manifestación y expresión de las ideas. Aunque el ministro Franco admitió las tres acciones, negó la suspensión que solicitó la CNDH con el argumento de que esta medida cautelar no está prevista en este tipo de juicio constitucional. Esto significa que la ley garrote, vigente desde el primero de agosto pasado, seguirá aplicándose hasta que la Corte determine si las reformas al Código Penal son constitucionales.