Opinión
Ver día anteriorMartes 20 de agosto de 2019Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
 
Semenya: ¿qué es una mujer?
N

uevamente la atleta sudafricana Caster Semenya está en el centro del debate en el mundo del atletismo. Esta vez por manifestar su desacuerdo ante los cambios en las reglas de la Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo (IAAF, siglas en inglés), las cuales establecen un nuevo nivel máximo de testosterona en la sangre para poder participar en las competencias femeninas en algunas pruebas de pista. Para ello, las deportistas con diferencias en el desarrollo sexual –como Caster Semenya y otras– tendrían que someterse a tratamientos con el fin de adecuarse a las actuales disposiciones. Con esto se establece un ajuste a la sorprendente definición de lo que es una mujer en las actividades deportivas.

Según la IAAF, la nueva regulación tiene la finalidad de facilitar la participación de atletas con diferencias en el desarrollo sexual en las contiendas femeninas preservando la equidad y el significado de competencia. El cambio, que entró en vigor el pasado 8 de mayo, redujo el límite máximo permitido de testosterona en la sangre de 10 a 5 nanomoles por litro (nmol/l). Ante esta nueva cifra, las competidoras con hiperandrogenismo (que tienen altos niveles de hormonas consideradas masculinas, en particular la testosterona) no tendrán más remedio que someterse a tratamientos farmacológicos y demostrar, durante los seis meses previos a cada competencia, que se encuentran dentro del nuevo nivel permitido.

Para Semenya (dos veces campeona olímpica y campeona mundial en tres ocasiones en la prueba de los 800 metros), se trata de un caso de discriminación con el fin de apartarla de las competencias de alto nivel. Además, ella y otras atletas en la misma condición consideran que los tratamientos médicos a los que tendrían que someterse podrían ocasionar daños a su salud. La deportista recurrió entonces al Tribunal de Arbitraje Deportivo, el cual, no obstante, falló recientemente en contra de la sudafricana.

De acuerdo con la justificación de la IAAF, la mayoría de las mujeres, incluyendo las atletas femeninas de élite, tienen niveles de testosterona entre 0.12 y 1.7 nmol/l. En los hombres, luego de la pubertad, la concentración de esta hormona en la sangre es de entre 7.4 y 29.4 nmol/l. Inspirada en algunas publicaciones científicas (en especial los trabajos de David Handelsman y su equipo en 2018), la asociación internacional sostiene que a mayores niveles de testosterona se desarrolla una mayor masa y fuerza musculares, así como un aumento de la hemoglobina (proteína grande o macromolécula que transporta oxígeno a todo el organismo). Los hombres tendrían así una muy amplia ventaja en la mayor parte de las competencias, y esto es lo que sostiene, a juicio del organismo citado, la clasificación de las justas deportivas en masculinas y femeninas.

Ya me había referido en otras ocasiones aquí a Caster Semenya y su relación con la determinación del sexo en el deporte. Pero los cambios recientes en la reglamentación para las competencias internacionales auspiciadas por la IAAF muestran algunas novedades, además de que, como sostiene la corredora sudafricana, es una forma de apartarla definitivamente de estas competencias, pues se mantenía como ganadora en el rango previo de los 10 nmol/l de testosterona.

El episodio reciente muestra una evolución en el lenguaje, que aunque sutil en apariencia, encierra gran profundidad. Aparece un cambio en la forma de referirse a las personas con una condición particular en el desarrollo sexual. En 2006 fue sustituido el término intersexualidad empleado para referirse a quienes poseen simultáneamente atributos biológicos masculinos y femeninos, y se les consideraba portadores de anomalías o patologías. Luego, esto fue sustituido por la idea y denominación de desorden en el desarrollo sexual. Ahora, como lo muestran los documentos oficiales de la IAAF, se trata de diferencias en este desarrollo, lo cual parece más adecuado.

Lo más importante es que a pesar de los cambios recientes en las reglas de la IAAF, se mantiene la clasificación de lo femenino –o lo que significa ser mujer– basada en un criterio puramente endocrinológico (la cantidad de una hormona en la sangre). Pero, ojo, no se trata sólo de una reducción a lo biológico, pues aun dentro de este universo se desechan otros criterios aceptados como determinantes del sexo en los humanos, como la presencia de cromosomas sexuales o genes específicos para los sexos, los cuales aquí no importan. También se desdeñan el sexo que cada persona dice tener y la aceptación de la condición de mujer por los sistemas legales más avanzados en distintos países (incluido México).

Se trata de una manera muy particular de entender las diferencias sexuales dentro de una actividad humana, a partir de una sustancia que tiene impacto en el desempeño de las personas dentro de esa actividad. Así, en nuestras sociedades, el deporte es un territorio único en la determinación del sexo que merece atención.