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Urge crear el registro nacional de detenidos, señala ONU-DH
 
Periódico La Jornada
Miércoles 8 de mayo de 2019, p. 8

México necesita implementar una ley nacional de registro de detenciones a fin de evitar graves violaciones a los derechos humanos de las personas que son privadas de su libertad, apuntó la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH).

El organismo internacional envió al Senado dos documentos con propuestas en torno a las normas secundarias que se derivarán de la reforma constitucional que creó la Guardia Nacional, una de ellas en torno a la ley nacional de registro de detenidos, en la que delinea los más altos estándares internacionales para conformar dicho listado.

“El principal objetivo de crear un registro de detenciones, además de mejorar la funcionalidad en procesos penales y/o administrativos, es crear una salvaguarda frente a violaciones a derechos humanos que pueden ser cometidas contra personas privadas de la libertad.

Estas violaciones no se limitan a quienes son detenidos en el marco de procedimientos penales; la práctica en la documentación de violaciones a garantías fundamentales en México muestra que éstas acontecen, incluso con relativa frecuencia, en otros escenarios distintos al del proceso penal, asentó.

Uno de los principales problemas que vive hoy el país en esta materia, refirió la instancia internacional, es la existencia de múltiples registros a escala nacional. Esta dispersión motiva la falta de homologación de criterios sobre la información que debe ser registrada, con lo que en muchos casos se podría estar perdiendo información importante sobre las circunstancias de la detención y la situación actualizada de la persona privada de la libertad.

Esto, dijo, obstaculiza uno de los principales fines del registro: permitir dar con el paradero de personas para prevenir violaciones a derechos humanos como la tortura y la desaparición forzada.

A fin de crear un registro de detenciones que se constituya un sistema de cadena de custodia de personas privadas de la libertad, la ONU-DH considera que éste debe ser capaz de levantar la información desde el arresto hasta la puesta en libertad, pasando por los traslados del detenido, y señalando a la autoridad responsable en cada uno de los momentos de la privación de la libertad, tal como lo recomendó el Subcomité para la Prevención de la Tortura de la ONU.

La ONU-DH hizo seis recomendaciones que deben contener la citada ley: que sea un registro nacional en el que todos los niveles de gobierno colaboren; que se incluyan todos los supuestos de la privación de la libertad; que abarque todo el proceso de aprehensión; que cuente con multiplicidad de información; que proteja los datos personales de los detenidos y a la vez garantice la transparencia y rendición de cuentas, y que tenga cuentas claras para el control de consultas.