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Pendientes, puntos para garantizar estancia digna en la cárcel de Santa Martha Acatitla
 
Periódico La Jornada
Lunes 18 de marzo de 2019, p. 5

En el penal femenil de Santa Martha Acatitla, ubicado en la zona oriente de Ciudad de México, se han cumplido una serie de recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para combatir condiciones que representan factores de riesgo de tortura y/o maltrato a la población carcelaria. Sin embargo, aún queda pendiente de concretarse una serie exhortos relacionados con las condiciones de sanidad, higiene y estancia digna.

Así lo dio a conocer ayer el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT), dependiente de la CNDH, al presentar un informe de seguimiento sobre las recomendaciones que realizó a las autoridades de ese centro de reclusión en julio de 2018, de las cuales se han cumplido 14, cinco están en proceso y una está pendiente, la cual tiene que ver con una distribución equitativa que evite áreas con ocupación que exceda su capacidad instalada y permita alojar a las internas en condiciones de estancia digna.

El informe es resultado de tres visitas del equipo del MNPT al Centro Femenil de Reinserción Social Santa Martha Acatitla en septiembre y noviembre de 2018, así como en enero pasado. Al cierre del reporte se constató que en ese penal había mil 200 mujeres privadas de su libertad y 61 menores de edad que viven con sus madres ahí detenidas.

Estancia insegura

La CNDH encontró en julio de 2018 que en ese centro penitenciario existían condiciones que impedían garantizar que las internas gozaran de estancia segura y recibieran trato con debido respeto a su dignidad.

En su informe de seguimiento difundido ayer, el MNPT detalló que las cinco recomendaciones que muestran algún tipo de avance en su concreción se refieren a que las áreas que conforman el penal reúnan las condiciones de habitabilidad e higiene esenciales para garantizar estancia digna y segura, y que cuenten con colchonetas para dormir; ventilación e iluminación suficientes; instalaciones sanitarias en adecuadas condiciones de funcionamiento, incluyendo fumigaciones y control de fauna nociva, que garanticen un mínimo de bienestar.

Otro punto pide que de manera urgente y en término no mayor de 15 días, a partir de la notificación del informe presentado ayer, se tomen medidas para garantizar el suministro de agua en buenas condiciones de potabilidad para satisfacer los requerimientos necesarios de las internas y de los menores de edad que viven con ellas. Y uno más para que se retiren los objetos que obstruyen la visibilidad en los dormitorios y prohíban su colocación.

Una más de las obligaciones que las autoridades del centro penitenciario deben cumplir es realizar las modificaciones y adaptaciones que faciliten el acceso y el libre desplazamiento de las personas con discapacidad física, a través de la construcción de rampas o apoyo con sillas de ruedas o muletas, estableciendo un cronograma de acciones, y uno más relacionado con no imponer sanciones disciplinarias acumulativas, así como las consistentes en aislamiento o la suspensión a recibir visita íntima o familiar, de salir al patio, de realizar actividades laborales, educativas y deportivas, entre otras.