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Juez ordena conservar restos hasta aclarar causa de muerte
 
Periódico La Jornada
Sábado 14 de julio de 2018, p. 13

El juzgado noveno de distrito en materias administrativa y de trabajo, con sede en Jalisco, estableció un criterio novedoso que obliga a las autoridades a conservar los restos de personas fallecidas hasta aclarar las causas de la muerte.

De esta manera y bajo el criterio de preservar el respeto a la dignidad humana incluso después de la muerte y aplicar la perspectiva de género, el órgano del Poder Judicial de la Federación determinó que las autoridades deben realizar una correcta fijación de los hechos en que ocurrió un deceso.

Ordenó cesar todo acto y/o abstención que pudiera tener como resultado no conservar adecuadamente el cadáver de una menor o que pueda alterar o modificar los resultados de una posterior necropsia o cualquier dictamen especializado encaminado a determinar las causas verdaderas por las que pretendidamente falleció.

En este caso concreto, el juez Fernando Rochín García, en el amparo 2047/2018, concedió la suspensión a fin de que el delegado del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMMS) en el estado de Jalisco, el director de pediatría y la responsable de Trabajo Social del Centro Médico de Occidente del IMSS cesen de inmediato todo acto y/o abstención que pudiera tener como resultado no conservar adecuadamente el cadáver de la menor, así como alterar o modificar los resultados de una poste-rior necropsia.

El juzgador estableció que la dignidad humana implica que la integridad de la menor fallecida exige respeto aún después de la muerte (pues se debe respetar y proteger la dignidad de toda persona, entendida como el interés inherente a todo ser humano, por el mero hecho de serlo, a ser tratado como tal y no como un objeto, a no ser humillada, degradada, envilecida o cosificada) y responde a la defensa del interés superior de la menor finada.