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Elecciones 2018

Descarta Nacif que el INE haya sido omiso; actuó de buena fe

Firme, candidatura al Senado de la ex comandante comunitaria de Guerrero
 
Periódico La Jornada
Miércoles 30 de mayo de 2018, p. 13

Por ahora sigue firme la candidatura al Senado de Néstora Salgado por la coalición Juntos Haremos Historia, porque el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobado a finales de marzo no fue impugnado por fuerza política alguna y, por tanto, ha causado estado, señaló el presidente de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del organismo, Benito Nacif.

Mencionó que se avalaron los requisitos porque no había indicios de la doble nacionalidad. Si bien descartó que el INE fue omiso o incurrió en error, pues siguió los procedimientos de revisión de requisitos positivos (nacionalidad, edad, residencia), de ganar la senaduría por Guerrero o alcanzarla por la vía plurinominal, será un segundo periodo para revisar su elegibilidad.

Al haber indicios de la doble nacionalidad, que le impediría ser elegible, se le requerirá que esclarezca su estatus, y en función de ello se determinará si se le otorga la constancia de senadora.

Lorenzo Córdova, presidente del INE, dijo que hay dos momentos en el ámbito electoral para verificar el cumplimiento de requisitos de elegibilidad. El primero es el registro bajo la buena fe. Los documentos se verifican y en su momento se determina si se concede o no el registro para que se pueda desplegar la campaña electoral. Eso ya ocurrió.

Y hay otro que establecen la legislación y los criterios jurisprudenciales, que es en caso de que haya un triunfo electoral: antes de entregar la constancia se debe volver a hacer una verificación con los elementos supervinientes que hayan ocurrido del cumplimiento de los registros.

Sin embargo, Marco Antonio Baños consideró que al surgir hechos supervenientes –como el reconocimiento de que Salgado tiene doble nacionalidad–, un partido puede promover un recurso, lo que obligaría a revisar el cumplimiento de los requisitos establecidos por ley para llegar al Senado, que expresamente prohíbe dicha condición.

El artículo 241 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales estipula que los partidos o coaliciones “no podrán sustituirlos –a los candidatos– cuando la renuncia se presente en los treinta días anteriores a la elección”. Es decir, la coalición tiene hasta mañana para realizar una sustitución.

Nacif señaló que para otorgar el registro, el INE siguió la revisión regular de requisitos, que no incluía los denominados negativos, esto es, no ser ministro de culto o no tener doble nacionalidad. Dijo que en el caso del líder del Sindicato Minero, Napoleón Gómez Urrutia, se tenían indicios de su residencia en Canadá y que tenía doble nacionalidad, por lo que se procedió a investigarlo.