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¿Seguro Popular, aun con cambio de gobierno?
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o obstante la evidencia sobre los malos manejos con los recursos del Seguro Popular y esperando preservar las –erradas– reformas peñistas (2014), en marzo de 2018, el comisionado Antonio Chemor, se atrevió a declarar que seguirá existiendo a pesar de que haya un cambio de gobierno. Y agregó: los afiliados suman 54 millones; atiende mil 807 enfermedades, 65 son de carácter catastrófico.

Pero ¿qué fue lo que tan mal reformó Peña? En un sector pésimamente descentralizado –por Soberón (De la Madrid, década de los años 80); De la Fuente/Narro (Zedillo, en la década de los años 90) y, finalmente, montando sobre este ruinoso edificio federalizado el fraudulento Seguro Popular panista (Fox/Calderón)–, siguiendo sumisamente a la OCDE, Peña reformó la Ley General de Salud para conformar un Sistema de Protección Social en Salud –con pretensiones de universalidad rebajada– que terminó siendo una mala copia del controversial experimento colombiano.

Los peñistas iniciaron el sexenio asumiendo que, con ese seguro, sus antecesores panistas afiliaron mucho más que la infraestructura edificada, al tiempo que eliminaban el programa Consulta Segura para la reafiliación (impuesto por Chertorivski, con Calderón) porque obligaba una evaluación médica que desalentó el interés por renovar pólizas. Pero los peñistas jamás revisaron el inadecuado diseño del Seguro Popular que ejecuta un federalismo centralizador; implanta paquetes básicos esenciales no ajustados a la morbi/mortalidad de los asegurados y elude los diferentes perfiles patológicos estatales, mientras inhibe la libertad diagnóstica/médico/clínica, acotándola a intervenciones del paquete esencial.

En septiembre de 2013, Peña remitió la Iniciativa para reformar la Ley General de Salud, decretada en junio 2014 ( DOF, 4.6.14) y completada con su Reglamento de diciembre de 2014 ( DOF, 17.12.14). Y, como con la educación, centralizó los recursos del Seguro Popular, sin extraer nunca el aprendizaje de las fallidas descentralizaciones previas. Como observara su entonces responsable, Gabriel O’Shea: el federalismo y la autonomía de los estados favorecieron que el dinero asignado para su operación se usara para otros fines.

Agréguense los impactos de la nueva Ley Federal de Contabilidad Gubernamental (2012) que, violentando la división de poderes y desplazando a la Auditoría Superior de la Federación –con el pretexto de imponer nuevas obligaciones en materia de transparencia a estados y municipios– refuerza el federalismo centralizador, solidificando la tiranía hacendaria al centralizar el ejercicio del gasto público en la Secretaría de Hacienda, siendo que, en rigor, se trata de funciones establecidas para el Congreso de la Unión y las legislaturas locales (artículos 79/134 constitucionales).

Gracias a la reforma de ese reglamento, ahora el Régimen Estatal de Protección Social en Salud (que es un organismo público descentralizado) ya no presta servicios. Sólo es una entidad financiera que –vía convenios– compra, paga y facilita la acción de quienes, como prestadores los brindan directamente: servicios estatales de salud e instituciones públicas, privadas y sociales que conforman el Sistema Nacional de Salud.

El Reglamento establece con claridad (artículo 20) el procedimiento de libertad de elección para todo el sistema, así como la competencia entre prestadores: los regímenes estatales asignarán a cada núcleo familiar, un centro de salud para su atención primaria, y en caso de existir más de una opción, se les brindará la facilidad de elegir su unidad de adscripción.

De esta manera, se consolida la anhelada separación de la función financiera de la función prestadora de servicios. Para decirlo en el lenguaje de Miguel Ángel González Block, vocero de la reforma mexicana (Fundación Mexicana para la Salud-Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros) de inspiración colombiana: para alinear a compradores, prestadores y pacientes, México necesita una reforma de salud que separe a los compradores de los prestadores, introduzca la elección y permita la compra estratégica en favor de las necesidades del paciente. Por compra estratégica se entiende la capacidad de adquirir intervenciones de acuerdo con las necesidades de salud y las políticas nacionales, así como priorización con base en la relación de costo-efectividad (2015, Retos y oportunidades en la alineación de los compradores y prestadores en México, Academia Nacional de Medicina).

Así, la gran reforma que Mercedes Juan fue incapaz de imponer a todo el sector, se concentró con las reformas de Peña, exclusivamente en el Seguro Popular. Lo que se aplica –como cambio legal– para IMSS e Issste, es el intercambio de servicios operado por la Ssa-Narro durante 2016-2018. Ese intercambio está reglado en el acuerdo mediante el cual se establecen los lineamientos para la compensación económica del Sistema de Protección Social en Salud ( DOF, 24.4.15).

Tal como recomendara la OCDE ( Reviews of Health Systems. México, 2016) –en la nueva Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas– esta reforma no puede hacer mucho para mejorar efectivamente la salud de los mexicanos. Trabaja para y por el jugoso mercado de la atención médica curativa (Funsalud, 2015, Diagnóstico de los retos del Sistema Nacional de Salud Universal).

¿Qué coaliciones partidarias arropan en 2018 semejante reforma que, con el lenguaje de Noah Harari, pretende dejar de sanar de forma igualitaria a los enfermos para sólo mejorar elitistamente a los sanos?

Es claro que en la expectativa de Chemor priva sólo un supuesto: preservar las –erradas– reformas de Peña al Seguro Popular, para así continuar mecánicamente con una reforma a la salud como la que hoy defienden las coaliciones PRI (Meade)-PAN (Anaya). Esperemos que el desenlace de la jornada electoral 2018 ponga sobre la mesa otras alternativas.

*Universidad Autónoma Metropolitana-Xochimilco