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Padres de víctimas y sentenciados presentan sendos recursos contra las sanciones

La Suprema Corte analizará si atrae dos amparos sobre la Guardería ABC
 
Periódico La Jornada
Sábado 5 de mayo de 2018, p. 12

De nueva cuenta, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisará el caso de la Guardería ABC. En esta ocasión, la primera sala analizará si atrae dos recursos de amparo: el primero promovido por 19 sentenciados en contra de las penas impuestas, y el segundo de los familiares de las víctimas que buscan mayores sanciones para los responsables del incendio que dejó un saldo de 49 menores fallecidos, 102 lesionados y cinco adultos con quemaduras.

La primera vez que la Corte analizó una situación relacionada con el incendio ocurrido en junio de 2005 en Hermosillo, Sonora, el máximo tribunal del país determinó que el caso constituyó un asunto de violaciones graves a los derechos humanos.

En las siguientes sesiones, la primera sala de la SCJN analizará si ejerce o no su facultad de atracción para conocer los amparos directos que promovieron 19 sentenciados por los delitos de homicidio y lesiones culposas en agravio de 87 niños y cinco adultos.

El segundo tribunal colegiado en materias penal y administrativa del quinto circuito solicitó que la Corte conozca los amparos directos promovidos por los padres de familia de los niños de la Guardería ABC.

Las facultades de atracción fueron turnadas al ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien deberá presentar proyectos de resolución.

Condena excesiva o insuficiente

En estos juicios de amparo, los ministros deberán analizar la constitucionalidad y convencionalidad que realizó el juez de distrito al inaplicar el artículo 64 del Código Penal Federal, vigente con anterioridad a su reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de junio de 2016.

Al dictar sentencia contra los responsables, el juez de distrito consideró que el límite de la sanción a imponer a todos y cada uno de los delitos sujetos a concurso era hasta la mitad del máximo de su duración, lo cual no resultaba suficiente a su criterio para salvaguardar los derechos de las víctimas, por cuanto impedía castigar todos y cada uno de los ilícitos que sufrieron.

Inconformes, los sentenciados promovieron una apelación. El tercer tribunal unitario del quinto circuito confirmó la sentencia por considerar que el juez de distrito no se equivocó al explicar que las reglas establecidas en el artículo 64 del Código Penal Federal resultaban insuficientes, puesto que en el caso específi-co se contraponían al interés superior del menor, dado que impedían sancionar adecuadamente a los responsables de los delitos cometidos en su contra.

El tribunal unitario puntualizó que pese a que las directrices del artículo 64 del Código Penal Federal para el caso resultaban benéficas para los enjuiciados, era innegable que como lo asumía el juez de distrito en el caso, limitaban o restringían el interés superior de los niños en la vertiente de que se sancione en forma eficaz a los responsables de los delitos perpetrados en su contra.

Entre los sentenciados que promovieron el amparo se encuentran Sandra Lucía Tellez Nieves, representante de la Guardería ABC; Antonio Salido Suárez, secretario del Consejo de Administración de la Guardería ABC, Sociedad Civil. Asimismo, Noemí Sánchez López, ex jefa del departamento de guarderías del IMSS; Arturo César Leyva Lizárraga, ex delegado del IMSS en Sonora.