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Inicio de campañas no debe ser criterio para incumplirlas: TEPJF

Reglas para garantizar equidad de género en candidaturas deben aplicarse siempre
 
Periódico La Jornada
Lunes 10 de octubre de 2016, p. 14

Las reglas que deben aplicar los partidos políticos para garantizar la equidad de género en la postulación de candidatos a cargos de elección popular deberán aplicarse en todo momento, inclusive iniciadas las campañas electorales, a fin de evitar afectaciones a los derechos de las mujeres y de los electores, fundamentalmente cuando la inobservancia del principio de paridad se deba a la indebida actuación de los partidos políticos y de las autoridades electorales.

Lo anterior está estipulado en la tesis aprobada en días recientes por los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en la que se hace referencia explícita a la integración de los congresos locales y cabildos; se precisa que esto contempla que las campañas estén en curso, pues no puede adoptarse esta condición como criterio para su incumplimiento.

Permitir la no aplicación de los criterios de equidad de género durante este periodo supondría dejar de aplicar el principio constitucional de paridad y, en consecuencia, admitir la violación a la obligatoriedad de los partidos políticos de postular el mismo número de mujeres y hombres en sus candidaturas.

A ese respecto el TEPJF subraya que los institutos políticos no podrán argumentar alguna resolución de una autoridad electora, si ésta se adoptó desapegada del principio constitucional de equidad de género.

Así, la certeza en el proceso electoral incluye un elemento fundamental consistente en que los órganos garantes de la constitucionalidad y convencionalidad de los actos jurídicos que tengan lugar en el marco de un proceso electoral, actúen debidamente ante el incumplimiento del referido principio constitucional.