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La fracción de Morena en la ALDF presentará iniciativa para crear el salario estudiantil

Pagarán jóvenes media tarifa en RTP, STE y Metrobús
 
Periódico La Jornada
Jueves 12 de mayo de 2016, p. 30

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó por unanimidad el dictamen que crea la ley por la que se otorga una tarjeta de tarifa diferenciada del 50 por ciento para jóvenes de 15 a 26 años en la red de transporte del gobierno de la ciudad.

Al presentar al pleno el dictamen de las comisiones unidas de Juventud y Deporte y Desarrollo Social, con visto bueno de la Comisión Especial para el Estudio y Análisis de las Finanzas Públicas, la diputada del PRD Beatriz Olivares Pinal explicó que la tarifa preferencial será efectiva para los servicios del Sistema de Transportes Eléctricos (STE), la Red de Transporte Público (RTP) y el Metrobús, a excepción del Metro.

Esto último, explicó, en virtud de que hoy día cuenta con un programa de beneficio a jóvenes con una tarifa diferenciada correspondiente al pago de tres pesos.

Explicó que la Ciudad de México cuenta con el grupo más grande de jóvenes en ese grupo de edad, más de 2 millones, y según la Encuesta Nacional de Juventud 2010, 33.2 por ciento de los jóvenes consultados manifestó estar estudiando, 35 por ciento dijo tener un empleo y 19.5 por ciento señalaron no estudiar ni trabajar.

La diputada de Morena Citlalli Hernández Mora pidió la tribuna para exhortar a los legisladores a continuar apoyando a los jóvenes y abonar también en favor de la educación con la iniciativa de ley que presentó su partido para establecer el derecho de los estudiantes de nivel medio superior y superior a contar con transporte público gratuito.

Dijo que esta propuesta y otra que presentarán en esta legislatura para crear el salario estudiantil universitario, por el que se otorgaría un apoyo económico mensual a todos los estudiantes que cursan el nivel superior en universidades y escuelas públicas, sentarían un precedente en lograr la universalización de la educación en la ciudad.

La ley establece que, una vez promulgada y publicada en la Gaceta Oficial, entrará en vigor al día siguiente y comenzará a correr un plazo de 120 días para que el jefe de Gobierno expida el reglamento correspondiente.