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Se vuelve a poner en riesgo el límite superior, alertan expertos

En caso particular ya aplica la SCJN el tope de 10 salarios mínimos a pensiones
 
Periódico La Jornada
Lunes 4 de abril de 2016, p. 25

La aplicación del tope de diez salarios mínimos a las pensiones del IMSS debe hacerse sin prejuicio del vigésimo quinto transitorio de la Ley del Seguro Social, referente al incremento del límite del salario base de cotización a partir de 1997, a 15 veces el salario mínimo, hasta llegar a 25 veces en 2007, establece la controvertida tesis de la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) (8/2016), en la que, según el documento, el nuevo criterio fue para el caso particular examinado, por lo que bajo ningún concepto debe interpretarse como regla general en materia de excepciones.

En la versión definitiva de la contradicción de tesis 8/2016 de la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se afirma que este alto tribunal está consciente de que existen un sinfín de excepciones, que en la contienda laboral la parte demandada tiene la obligación de formular y acreditar con cierto rigor técnico-legal; sin embargo, la presente contradicción de tesis únicamente tiene por objeto resolver el tema específico.

Fuentes judiciales afirmaron que la tesis en cuestión no modifica ni afecta la tesis de la Corte que data de 2010, que considera que las pensiones alcancen un tope de 25 salarios mínimos.

La tesis aprobada señala: Pensión por cesantía en edad avanzada. Al resolver la Junta (Federal de Conciliación y Arbitraje) sobre el ajuste en la cuantificación de su pago, debe atender el límite superior previsto en el párrafo segundo del artículo 33 de la Ley del Seguro Social, vigente hasta el 30 de junio de 1997, sin que represente obstáculo alguno que el demandado no se hubiere excepcionado en ese sentido.

Especialistas en el tema afirman que la tesis 8/2016 constituye una nueva ofensiva, que redita la registrada en 2010, cuando la Corte estableció que el tope máximo para el pago de pensiones era de 10 salarios y no de 25. En aquella ocasión, el IMSS estableció que el tope máximo que aplicaría sería el de 25 salarios mínimos.

Con esto se vuelve a poner en riesgo el límite superior de pensiones por cesantía en edad avanzada, sostuvieron expertos en derecho laboral.