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Determina que la PGR les dé acceso a las averiguaciones previas y peritajes

Reconoce la Corte como víctimas a dos parientes de muertos en San Fernando

Tendrán derecho a la reparación del daño

El ministro Saldívar elaborará el engrose final

 
Periódico La Jornada
Jueves 3 de marzo de 2016, p. 7

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoció como víctimas a la madre y una hermana de dos salvadoreños cuyos cadáveres fueron encontrados en 2011 en el municipio de San Fernando, Tamaulipas, y determinó que la Procuraduría General de la República (PGR) debe darles acceso a los expedientes, peritajes y averiguaciones previas, además de entregarles las copias certificadas o simples que requieran.

Esta decisión es trascendental, porque reconoce el derecho de las quejosas a la reparación del daño y abre las puertas para que familiares de migrantes extranjeros o de mexicanos sean reconocidos como víctimas en casos similares, y que tengan todos los derechos y prerrogativas que ese hecho implica.

Si bien los cinco ministros de la primera sala votaron ayer en favor de conceder el amparo, cuatro se pronunciaron por ampliar los efectos del proyecto elaborado por Jorge Pardo Rebolledo. En particular, reconocer como víctimas a Bertilia Parada de Osorio y Alma Yesenia Releageño, madre y hermana de Carlos Alberto Osorio Parada y de Manuel Antonio Releageño, respectivamente.

El documento de Pardo proponía que antes de reconocer su calidad de víctimas tenían que someterse a exámenes de ADN para demostrar su parentesco.

En cambio, sus compañeros apoyaron la propuesta de no reconocer como parte legitimada –y con ello la posibilidad de tener acceso al expediente de la causa– a la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho.

Los ministros tampoco se pronunciaron sobre la exigencia de las demandantes de que el asesinato de 120 migrantes en San Fernando –centro y sudamericanos– fue un delito grave y de lesa humanidad.

En la sesión pública de la primera sala, los juzgadores tampoco abordaron aspectos no incluidos en el proyecto del ministro Pardo, como la determinación de criterios sobre estándares de protección de los derechos humanos, que no se trata de un caso aislado y que es un asunto representativo de miles de migrantes en tránsito que pasan por México en su viaje a Estados Unidos.

El asunto fue turnado al ministro Arturo Zaldívar para que elabore el engrose (resolución final), pero se desconoce si en la sesión privada, previa a la pública, que duró más de tres horas, los que votaron en el mismo sentido (José Ramón Cossío, Norma Lucía Piña Hernández y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena) acordaron incluir temas no previstos en el documento de Pardo Rebolledo.

El proyecto de Pardo hacía referencia al derecho de las víctimas de acceder a la información y el derecho a la verdad.

El derecho a la verdad garantiza que el acceso a la información sea amplio, de tal manera que tanto los familiares de las víctimas como la sociedad sean informados de todo lo sucedido en relación con dichas violaciones. Igualmente, la garantía del acceso a esta información es indispensable para asegurar la implementación de medidas de no repetición de los hechos del pasado: el conocimiento de las atrocidades cometidas es una condición necesaria para evitar que se repitan los abusos, se promueva la rendición de cuentas y la transparencia en la gestión estatal y se prevenga la corrupción y el autoritarismo, señala el documento.

Una vez que el ministro Zaldívar elabore el engrose –para lo cual no hay fecha límite–, éste será aprobado en sesión privada de la primera sala.