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Hoy se publica el decreto que modifica 13 disposiciones de su Reglamento Interior

Oficializan reorganización de la SEP

Elimina las referencias a los órganos que fueron adscritos a la Secretaría de Cultura federal

 
Periódico La Jornada
Lunes 8 de febrero de 2016, p. 21

Hoy se hará oficial la reorganización de la Secretaría de Educación Pública (SEP), con la publicación en el Diario Oficial de la Federación del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de esa dependencia.

Se trata de 13 modificaciones, que representan un primer paso para hacer más eficiente y transparente el funcionamiento de la dependencia. La reorganización no generará impacto presupuestal y otorgará herramientas a las distintas unidades administrativas que la conforman para cumplir el mandato de garantizar la calidad de la educación, contenido en el artículo 3 de la Constitución y sus leyes reglamentarias, informó la secretaría.

Algunas de las modificaciones son: la actual Subsecretaría de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas modifica su denominación por la de Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Coordinación; también se cambia el nombre de la Unidad de Coordinación Ejecutiva para convertirse en Jefatura de Oficina de la Secretaría, a la cual se le añaden facultades en la coordinación de los órganos administrativos desconcentrados y entidades paraestatales sectorizadas.

Se eliminarán las referencias a los distintos órganos administrativos desconcentrados que, en términos de la reforma correspondiente, fueron adscritos a la Secretaría de Cultura federal; se facultará a la Oficialía Mayor para promover dentro de la SEP los principios de igualdad, equidad de género y no discriminación.

Nuevas funciones y facultades

La Coordinación General de Educación Intercultural y Bilingüe estará facultada para promover la incorporación del enfoque intercultural en el Sistema Educativo Nacional; se derogará además el artículo correspondiente a la Coordinación Nacional de Carrera Magisterial, cuyas funciones han sido incorporadas a la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente.

El decreto establece atribuciones expresas para que las distintas direcciones generales de las subsecretarías de Educación Básica y de Educación Media Superior realicen ahora las funciones de formación continua, actualización de conocimientos, capacitación y superación profesional de profesores, respecto de los servicios educativos que prestan, funciones antes desarrolladas por la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente.

Se prevé que la Dirección General de Evaluación de Políticas realice, en el ámbito federal, las evaluaciones necesarias del Sistema Educativo Nacional que no sean competencia del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, en tanto que la Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros de la Oficialía Mayor tendrá a su cargo la organización y operación del Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo.

Se dará facultad a la Dirección General de Acreditación, Revalidación e Incorporación para otorgar y retirar a las instituciones particulares reconocimientos de validez oficial de estudios para educación superior, y se decreta la creación de la Dirección General del Sistema de Información y Gestión Educativa, entre otras.