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Iniciativa para cambiar ley urbana plantea escuchar a los ciudadanos

Propone vincular la oposición vecinal al actuar del gobierno en materia de desarrollo

Esta debe ser fundamentada y razonada

Comité técnico determinará usos de suelo

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Protesta afuera del recinto de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal contra las modificaciones al uso de sueloFoto María Meléndrez
 
Periódico La Jornada
Jueves 24 de septiembre de 2015, p. 39

La iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma el artículo 41 y el párrafo segundo de la fracción tercera del artículo 42, y adiciona el artículo 41 bis de la Ley de Desarrollo Urbano y Vivienda, que el jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, entregó a la Asamblea Legislativa (ALDF), propone vincular la oposición vecinal fundamentada y razonada al actuar del gobierno.

En la exposición de motivos, se advierte que el potencial de transformación urbana plantea a las autoridades locales la necesidad de armonizar las demandas individuales y sociales para revisar los ordenamientos vigentes y dar solución a los fenómenos urbanos sin perder de vista las directrices de la planeación urbana y el mejoramiento de la calidad de vida de la población.

En virtud de lo anterior, añade, el gobierno capitalino pondera la participación ciudadana en los procesos de decisión de los actos de gobierno, alentando en forma positiva su organización cuando se aportan elementos para modificar un acto de gobierno.

En ese contexto, la oposición vecinal fundamentada y razonada debe ser vinculante con el actuar de las diversas instancias de gobierno, con lo que se puede lograr un gobierno incluyente, se agrega.

Entre otros aspectos de la iniciativa del jefe de Gobierno destaca el contenido de la fracción sexta, en la que se advierte que el comité técnico de modificaciones a los programas de desarrollo urbano no autorizará la modificación de usos de suelo en las zonas donde se encuentre vigente un Programa Parcial de Desarrollo, salvo lo previsto en la fracción inmediata siguiente.

Dicha fracción séptima señala: “El comité técnico de modificaciones a los programas de desarrollo urbano podrá emitir dictamen para modificar los programas parciales, en términos de la fracción precedente (es decir la sexta), cuando el comité vecinal correspondiente emita opinión positiva de los vecinos cuyos predios colinden directamente con el predio cuyo uso de suelo se pretende modificar. El comité vecinal podrá vigilar las acciones urbanísticas y proyectos de programas que le afecten…”

El artículo 41 bis que se propone adicionar establece que la Secretaría de Medio Ambiente, misma que tendrá voto definitivo y vinculatorio cundo se trate de modificaciones a los programas relacionados con suelo de conservación, deberá pronunciarse de manera irrenunciable en un término no mayor a 30 días hábiles sobre la procedencia de la solicitud, fundando su resolución en lo dispuesto en el Programa General de Ordenamiento Ecológico del Distrito Federal, y en caso de manifestar una negativa, el asunto se tendrá por concluido y no se turnará a la ALDF para su análisis.