Economía
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Inflacionario, impuesto a comida rápida, acusan
 
Periódico La Jornada
Jueves 25 de junio de 2015, p. 25

El impuesto al valor agregado (IVA) que entrará en vigor el primero de julio a los alimentos que se venden en las tiendas de conveniencia y tiendas de autoservicio no es un gravamen adicional, aseguró Arturo Carvajal, presidente del comité técnico nacional de estudios fiscales del Instituto Mexicano de Ejecutivo de Finanzas. Sostuvo que la Secretaria de Hacienda sólo clarifica lo que en la ley del IVA ya se establece, pero que había dificultades de interpretación. A partir del primero de julio alimentos como burritos, emparedados, hotdogs, pizzas, guisados y hasta los tamales que se vendan en tiendas de conveniencia, minisupers y supermercados del país estarán gravados con IVA de 16 por ciento. Según analistas, no sólo es una medida recaudatoria, sino también inflacionaria.