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La cifra será obligatoria 5 años en inmuebles nuevos, indica nuevo proyecto de la norma 26

Plantea GDF rentas entre 4 mil y 9 mil pesos para vivienda de interés social
 
Periódico La Jornada
Domingo 1º de febrero de 2015, p. 24

Un precio máximo de renta en vivienda tipo A de 57.63 Unidades de Cuenta de la Ciudad de México (UCDMX), esto es 4 mil 31.2 pesos, y de 107.2 y 137.4 UCDMX en tipos B y C, es decir 7 mil 498.64 y 9 mil 611.13 pesos, respectivamente, son las propuestas del gobierno de la ciudad para incentivar la construcción de proyectos destinados al arrendamiento.

Estos precios, de acuerdo con la propuesta de reforma a la norma 26, destinada a impulsar la construcción de vivienda de interés social y que analiza la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), serán obligatorios en un periodo de cinco años, a partir de que los desarrolladores obtengan el aviso de terminación de obra, periodo en el que tampoco se podrá cambiar el régimen de habitación en renta.

Las características de la vivienda tipo A son acabados básicos, puertas interiores y muebles de baño, mientras que para B y C son acabados mínimos en piso, aplanado y pintura base en muros y techo, herrería, puertas interiores, muebles de baño y cocina.

La norma plantea la creación de un fondo con el pago de derechos para que los desarrolladores amplíen hasta un piso la construcción en zona H5/20 en el territorio comprendido dentro del Circuito Interior y hasta tres, también en zona H5/20, en el segundo territorio delimitado entre dicha vialidad y el Anillo Periférico.

El pago de este derecho se calculará en función del costo final de la superficie adicional de construcción a valor comercial, hasta 10 por ciento para vivienda tipo B y 20 por ciento en tipo C, dejando exento el pago a proyectos del Instituto de Vivienda (Invi) y los de tipo A.

La mitad de ese fondo se destinará a infraestructura primaria a cargo del gobierno central, 30 por ciento a adquirir suelo para proyectos del vivienda y 20 por ciento para reforzamiento de infraestructura, mejoramiento barrial y espacio público.

La propuesta establece seis apartados donde ésta no aplica, como son suelo de conservación, áreas verdes, de valor ambiental y áreas naturales protegidas; zonas de alto riesgo; predios menores a seis metros de terreno de frente o que no tengan acceso a la vía pública o ésta sea una sección vial menor a seis metros.

Tampoco aplica en áreas, zonas o polígonos de conservación o valor patrimonial, así como inmuebles declarados históricos, artísticos o culturales, ni en pueblos originarios, a excepción de proyectos financiados por el Invi si obtienen autorización del INBA, INAH y la Dirección de Patrimonio Cultural Urbano.