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Pide relaborarla; queja del sol azteca

Debe justificarse suspensión de espot del PRD: tribunal
 
Periódico La Jornada
Sábado 24 de enero de 2015, p. 10

El espot del PRD que incluía la imagen del periodista Joaquín López Dóriga se mantendrá fuera del aire, pero el Instituto Nacional Electoral (INE) deberá fundar y motivar la decisión de suspenderlo con el argumento de que calumniaba al periodista, resolvió ayer el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En una sesión convocada de última hora, la Sala Superior del tribunal dio la razón al PRD en cuanto a que la resolución de la Comisión de Quejas del Instituto Nacional Electoral (INE) no estaba bien fundamentada, y le ordenó relaborarla considerando diversos elementos citados por los magistrados.

El representante del PRD ante el INE, Pablo Gómez, consideró que la determinación es anormal, injustificada y dilatoria, porque la Sala Superior debió haber resuelto si confirmaba o revocaba la resolución que impuso la medida cautelar de suspensión.

Alegando que fue víctima de censura, el 10 de enero pasado el PRD impugnó la decisión del INE, que concedió la medida cautelar solicitada por López Dóriga, por considerar que la aparición de su imagen en el promocional Queremos ser tu voz constituye un acto de calumnia. Por ese motivo, el nuevo anuncio perredista incluye un recuadro negro con la palabra censurado.

El proyecto del magistrado Constancio Carrasco señaló que la Comisión de Quejas y Denuncias construyó su argumentación tomando un concepto de calumnia que no proviene de la ley, como es el que introduce la malicia en el mensaje o el conocimiento de la falsedad cuando el legislador ha dado contenido a ese concepto de calumnia en el contexto electoral, circunscribiéndolo a la imputación de hechos o delitos falsos en un proceso comicial.

Consideró que la comisión, presidida por la consejera Beatriz Galindo, no profundizó en que el promocional cuestionado se estuviera difundiendo en el contexto de un proceso electoral, lo cual habría sido indispensable analizar conforme a la exigencia legal.

También era exigible que realizara un balance en donde ponderara, a su vez, que la labor periodística ha sido reconocida en el sistema interamericano de protección de derechos humanos como una tarea que tiene un propósito y función social que impone un alto grado de profesionalismo y responsabilidad, explicó.

Los magistrados hablaron durante dos horas respaldando la ponencia presentada por Carrasco, que si bien planteó revocar la resolución del INE, concluyó que el espot debía mantenerse fuera del aire hasta que se resuelva en definitiva este tema en la Sala Regional Especializada.

El problema es que la sala especializada no resolverá el tema de inmediato, ya que a través del INE, envió al PRD y a López Dóriga los alegatos que ambos presentaron, para que opinaran al respecto. Esto fue considerado por Gómez como otra táctica para retardar el proceso.

Retiran anuncio con Moreno Valle

Por otro lado, el tribunal confirmó la decisión del INE de retirar el espot del PAN que usa la imagen del gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle, ya que tiene elementos de posible promoción personalizada del mandatario local.

La ponencia presentada por la magistrada María del Carmen Alanís plantea como situación irregular que su difusión se haga durante el desarrollo de las precampañas federales en el ámbito nacional y en los comicios locales, lo cual podría afectar a los mismos.