Opinión
Ver día anteriorJueves 23 de octubre de 2014Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
 
Recorrido de la UNAM por su autonomía
A

hora que los politécnicos discuten sobre el tema, quizá les resulte interesante la experiencia de la UNAM que resumo a continuación.

En 1914, siendo rector de la universidad Valentín Gama, se discutió en los medios de la época si esta era una institución pública o privada y, también, su autonomía. La posición de Félix Palavicini, funcionario de la Secretaría de Instrucción Pública, era en el sentido de asociar autonomía con privatización. En otros términos, Palavicini proponía que la universidad fuera pública mientras no lograra su autosuficiencia basada en el pago de los alumnos por su instrucción. Más adelante, siendo Palavicini miembro del Congreso Constituyente (1916), propuso educación primaria laica, obligatoria y municipalizada; educación superior al margen del Estado. En el mismo tenor se mantuvo por largo tiempo la discusión, en la que se asociaba autonomía universitaria con libertad económica, es decir, la Universidad Nacional al margen del Estado.

Autonomía de la Universidad Nacional era, en pocas palabras, autonomía respecto del Estado. Por esto mismo, la asociación frecuente de autonomía con privatización; aunque en realidad, quienes lucharon por la autonomía de la Universidad Nacional demandaban que la autonomía no sólo fuera autogobierno, sino también y no menos importante, libertad de cátedra y de pensamiento. Y este segundo principio, por cierto, era ya defendido por Justo Sierra desde su célebre discurso en la inauguración de la Universidad Nacional del 22 de septiembre de 1910.

Alejandro Gómez Arias, sobre el significado de la autonomía de la UNAM, decía: Es el gobierno de la universidad por estudiantes y profesores ejercido en un equilibrio de autoridad y poder.

Otro gran universitario, Jesús Silva Herzog, se refería a la Universidad Nacional Autónoma de México, producto de la Ley de Autonomía del 10 de junio de 1929, como semiautónoma, entre otras razones porque no garantizaba su autogobierno ni la libertad de cátedra e investigación. Respecto del gobierno y la autonomía, Silva Herzog hacía el siguiente comentario: “En el inciso d) del artículo 13 relativo a las atribuciones del Consejo Universitario, se dice: ‘Elegir al rector de la terna que le proponga el presidente de la República’… Enteramente lo contrario de lo que se había ofrecido, es decir, que el presidente de la República elegiría al rector de la terna que le presentara el Consejo Universitario”.

La autonomía de la UNAM no fue una graciosa concesión de las autoridades gubernamentales. Fue una lucha de estudiantes y profesores en México, una conquista resultado de la petición estudiantil del 23 de mayo de 1929, petición precedida de movimientos y huelgas, por parte de los estudiantes, y de represión por parte del gobierno.

Esta lucha fue contra la intromisión del gobierno en la vida universitaria y en la orientación de sus planes de estudio, intromisión que inhibía el pensamiento libre y, por lo mismo, la libertad de cátedra en una lógica de pluralidad y universalidad de corrientes de pensamiento. Era, para decirlo en términos de ahora, la lucha contra el pensamiento único y oficial de quienes detentaban el poder. Por eso, precisamente, la lucha por la autonomía comprendía principalmente un binomio indisoluble: autogobierno de los universitarios y libertad de cátedra (y de investigación). Pero la autonomía de la Universidad Nacional le significó un costo: la renuncia del Estado a financiarla por un tiempo.

Con la segunda Ley Orgánica de la Universidad Autónoma, la de 1933, el gobierno dejaba a la institución a sus propios recursos y era considerada como un establecimiento educativo particular al que el Estado otorgaba un fondo de diez millones de pesos para que con él subsistiera como pudiera. Más adelante el presidente Cárdenas reiteró que la Universidad Autónoma de México era una institución particular, por lo cual no correspondía al Estado ofrecerle ayuda económica de ningún género. Es decir, autonomía equivalente a privatización, a institución privada o particular.

Durante el gobierno de Ávila Camacho el tema de la autonomía volvió a plantearse, pero con matices interesantes, quizá por los efectos de las actitudes de Cárdenas sobre la UNAM. Autonomía ya no significaría privatización de la universidad, sino que ésta sería un organismo público pero autónomo. La solución que encontraron los defensores del autogobierno y de la libertad de cátedra en los primeros años 40, encabezados por Alfonso Caso (que no era de izquierda), fue buscar una fórmula jurídica que combinara autonomía con responsabilidad estatal para que la Universidad Nacional pudiera no sólo subsistir económicamente sino desarrollarse. Esta fórmula fue precisamente la combinación de la autonomía de la UNAM y ésta como una institución pública, como un organismo descentralizado del Estado, es decir, un órgano estatal pero autónomo del gobierno.

Varios estudiosos del tema han insistido en que la UNAM no es un órgano estatal, por ser autónoma; sin embargo encontramos que para algunos especialistas en derecho constitucional la UNAM sí es parte del Estado, aunque sea autónoma del gobierno. Jorge Carpizo, por ejemplo, escribió: Una situación es la educación que el Estado imparte directamente a través de una secretaría de Estado y otra muy diferente aquella que es impartida por instituciones de Estado, ciertamente, pero descentralizadas y autónomas. Estas últimas son parte del Estado pero no del gobierno y la Constitución les garantiza autonomía en su gobierno y en sus decisiones académicas.

Gabino Fraga, por su lado, diferenciaba con absoluta claridad el contraste de un organismo público y otro de utilidad pública: El establecimiento público constituye una parte integrante del Estado, está realizando atribuciones de éste, mientras que el establecimiento de utilidad pública constituye una organización formada por iniciativa particular... Y es así que distinguía entre los organismos descentralizados de servicio (como es el caso de la UNAM), los que tienen menor y mayor autonomía. Ejemplo de menor autonomía es el Issste (cuyo director es nombrado por el presidente de la República) y de mayor autonomía la UNAM (cuyo rector es nombrado por la Junta de Gobierno de la propia universidad y no responde jerárquicamente a la autoridad central). El Instituto Politécnico Nacional es, en cambio, un órgano desconcentrado de la Secretaría de Educación, y no tiene autonomía ni en su gobierno ni en las libertades de cátedra e investigación. No hay razón para que no la tenga.

Este artículo lo he tomado, en parte y con algunos cambios pertinentes, de mi texto en el libro que coordiné bajo el título El conflicto en la UNAM, El Caballito, 2000. Omito aquí las notas a pie de página.

rodriguezaraujo.unam.mx