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Crearán procuraduría para ayudar a involucrados en delitos

Concesionarias de radio y tv no podrán difundir contenidos nocivos para menores
 
Periódico La Jornada
Martes 2 de septiembre de 2014, p. 7

La iniciativa de ley para la protección de niñas, niños y adolescentes que envió el presidente Peña Nieto al Senado destaca que para el resguardo de los menores se crearán en el país procuradurías de defensa a escalas federal y local, se crea el sistema nacional de protección y se estipulan las infracciones y sanciones para quienes violen los derechos de este sector de la población.

En este contexto, se establece que las sanciones pecuniarias para quienes violen los derechos de los menores van de uno hasta 140 mil días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al momento de realizarse la conducta, pero en caso de reincidencia, la multa podría ser hasta del doble.

Asimismo se establecen las obligaciones para quienes ejercen la patria potestad, tutela o guardia custodia de los menores o adolescentes, quienes deberán garantizar su alimentación, su asistencia a la escuela y protegerlos de todo tipo de maltrato. Dispone también que quienes ejercen la patria potestad tendrán que dar cumplimento a sus obligaciones independientemente de que habiten en domicilios distintos.

Se precisa que la procuraduría de protección será competente en la representación y suplencia, a falta de quienes ejerzan la representación originaria de niñas, niños y adolescentes.

De igual forma, apunta que los servicios de atención social dirigidos a este sector de la población deberán contar en sus instalaciones con infraestructura mobiliaria adecuada, para el alojamiento de niñas, niños y adolescentes; deben contar con medidas de seguridad, protección y vigilancia, con espacios destinados a realizar sus actividades y se deberá realizar un censo y registro de las instalaciones.

Esta iniciativa coloca al Estado como el principal responsable de brindar a los menores y adolescentes los cuidados necesarios, e incluso la autoridad competente velará para que sean ubicados con su familia extensa o ampliada o por una familia de acogida.

Se hace notar que la figura de familia de acogida es una institución sin precedente en el país, la cual funciona de manera eficiente y eficaz en otras naciones.

Se destaca que en materia de medios de comunicación, las concesionarias de radio y televisión deberán prohibir la difusión de información, imágenes o audios que influyan negativamente en el desarrollo de los menores o que promuevan en ellos la violencia o la ausencia de valores, o hagan apología del delito.

Se contempla además que con la finalidad de hacer coercitivas las disposiciones de la ley, las procuradurías de protección podrán solicitar a las autoridades administrativas la imposición de sanciones, e incluso pueden llegar a la revocación si se transmiten contenidos nocivos o que perturben el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes.

En el caso de los niños migrantes no acompañados, se considera que se les documente provisionalmente como visitantes por razones humanitarias en términos de la ley de migración.