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Lleva 4 meses vacante la subsecretaría de medios de SG
 
Periódico La Jornada
Sábado 22 de marzo de 2014, p. 6

La Subsecretaría de Normatividad de Medios de la Secretaría de Gobernación (SG) permanece sin titular, luego de que en noviembre pasado Eduardo Sánchez fue nombrado vocero de la Presidencia de la República.

Andrés Chao Ebergenyi, actual titular de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC), podría ser el relevo, aunque hasta el momento no se ha hecho la designación correspondiente.

Por ley, esta subsecretaría auxilia al titular de Gobernación en la política de comunicación social del gobierno federal y en sus relaciones con los medios de comunicación.

La parte medular de la subsecretaría es RTC, la cual es responsable de vigilar que los concesionarios de radio y televisión cumplan con la transmisión de mensajes dentro de los llamados tiempos oficiales y de Estado.

Buena parte de la actividad de esta dirección se enfoca en la vigilancia de las clasificaciones de programas y películas, y verifica contenidos en cuanto al uso del lenguaje en los límites que marca la ley del ramo.

Andrés Chao, posible relevo

Pese a diversos comentarios en espacios periodísticos de que Chao Ebergenyi ya había sido designado nuevo subsecretario, en Gobernación informaron que el lugar de Sánchez Hernández sigue vacante.

Comentaron también que el área permanece con las mismas atribuciones, por lo que hasta el momento no hay cambio alguno vinculado a la materia de telecomunicaciones, cuyas leyes secundarias serán discutidas en los próximos días en el Senado.

Creada en 1977, RTC es la unidad administrativa encargada de supervisar contenidos para su clasificación, transmisión, comercialización, distribución y exhibición. Es responsable de coordinar la transmisión, enlace y distribución de los programas oficiales en medios electrónicos, de las cadenas nacionales y del programa de radio La hora nacional, entre otros.

El año pasado se actualizó el reglamento interior de Gobernación y se modificaron las atribuciones de RTC, especialmente en el ámbito de política de comunicación social, y el uso de tiempos oficiales incluye, de manera expresa, la supervisión del contenido de la televisión restringida.

Sus atribuciones están definidas en el artículo 34 del reglamento interior de la dependencia federal, entre las que se encuentran “emitir opinión previa al trámite que deba dar la Secretaría de Comunicaciones y Transportes sobre la solicitudes de concesión o permiso.