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El presupuesto, mecanismo de presión, dice

Valdés pide evitar el control de autoridades electorales locales
 
Periódico La Jornada
Martes 11 de marzo de 2014, p. 14

Ante la dualidad que se desprende de la reforma político-electoral, según la cual los consejeros locales serán designados por el Instituto Nacional de Elecciones (INE), pero dependerán presupuestalmente de los gobiernos estatales, el ex consejero presidente del Instituto Federal Electoral (IFE) Leonardo Valdés advirtió del riesgo de que el control de recursos pueda ser una nueva forma de dependencia.

Entrevistado en el Programa de Justicia Electoral, realizado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Valdés aseveró que la ley secundaria tiene que normar con claridad las relaciones entre el INE y los institutos locales, y disipar las interrogantes que surgen de la reforma constitucional en la materia.

El ex consejero presidente dijo que esta condición de los consejeros de los organismos públicos en los estados obligará a que estemos vigilantes de que no sea mediante el presupuesto como se intente controlar la actividad de estas instituciones.

Valdés alertó sobre otros riesgos, como la necesaria definición de los alcances de la posibilidad de atracción de comicios locales, pues ahora el INE tendrá la facultad de hacerlo. Las leyes secundarias deberán definir claramente cuáles serán los supuestos en los que esta posibilidad es viable. La reforma constitucional sólo establece que esta decisión deberá ser aprobada por ocho de los 11 consejeros del INE.

La ley secundaria tiene que decir si se atrae porque un partido lo pide o porque un gobernador lo solicita, o porque se dan condiciones de inequidad en la competencia, y cuáles son los elementos objetivos para calificar esas condiciones de falta de equidad, o si porque es un clamor popular o porque los medios de comunicación quieren que así sea.

Otro factor a considerar será el papel que pueda jugar el TEPJF en estas determinaciones, porque eventualmente una decisión de tal magnitud puede ser impugnada por algunos de los actores, lo que implicará que los magistrados sean decisivos en determinar la procedencia de la atracción de comicios locales.