Política
Ver día anteriorJueves 6 de marzo de 2014Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio

Ampara a dos soldados acusados de delitos contra la salud y delincuencia organizada

Inconstitucional, traslado de presos de penal militar a federal, determina la Corte

Los cambios de centros de reclusión sólo procederán por decisión de un juez castrense

 
Periódico La Jornada
Jueves 6 de marzo de 2014, p. 19

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Dirección General de Justicia Militar no puede trasladar a discreción a soldados presos de un penal castrense a otro federal de máxima seguridad, sin contar con la autorización fundada y motivada del juez militar que instruyó el proceso penal.

Al conceder amparo a dos militares acusados de delitos contra la salud y delincuencia organizada, los ministros precisaron que aun cuando las acusaciones sean por ilícitos federales graves, el cambio de penal sólo será procedente por una decisión judicial, en la que se estipule racionalmente la imposibilidad de mantener la prisión preventiva en el lugar donde se instruye la causa penal.

La primera sala precisó en su sentencia que el juez militar debe tomar las medidas necesarias para garantizar la defensa adecuada de los procesados, el capitán primero Juan López Raymundo y el cabo de caballería Benito Gómez Gapi, quienes se encuentran en prisión preventiva, para que estén en condiciones de contar con una defensa legal adecuada.

El amparo concedido es para el efecto de que la Dirección de Justicia Militar de la Secretaría de la Defensa Nacional deje sin efecto los oficios con los cuales trasladó a ambos acusados del penal de la Primera Región Militar al Cefereso 5 de Máxima Seguridad del municipio de Villa Aldama, Veracruz; y que, en caso de haber hecho el cambio, los acusados tendrán que ser regresados al penal de la primera Región Militar, ubicado en el Distrito Federal.

La Corte aseveró que, en caso de que la Defensa Nacional insista en trasladarlos a un penal de máxima seguridad, deberá acudir ante el juez militar correspondiente para que éste autorice la orden emitida por la Dirección General de Justicia Militar.

De acuerdo con el expediente de la causa, el capitán primero y el cabo fueron acusados de aprovecharse de que formaban parte de las células de mantenimiento de simuladores de tiro, lo que les permitía viajar a diversas entidades del país, para transportar droga en los vehículos militares –con la complicidad de otros soldados de diversas unidades–, hasta que fueron descubiertos en 2011 por el jefe del Centro de Adiestramiento Regional de la segunda Región Militar, quien detectó que de un vehículo militar sacaban sacos verdes, que contenían metanfetaminas y cocaína, y los colocaron en un vehículo particular.

A los acusados les fue dictado auto de formal prisión por, presuntamente, transportar droga en colaboración con Salvador y Alfredo Quintero Beltrán, El Chava y El Jabalí, respectivamente, “integrantes del cártel del Chapo Guzmán”.

Cabe señalar que gran parte de los militares acusados de vínculos con el narcotráfico, como el general Ricardo Martínez Perea (actualmente preso), fueron trasladados en su momento de la prisión militar a un penal federal sin hacerlo del conocimiento de sus familiares y sin contar con la autorización de un juez, situación que la primera sala determinó que es inconstitucional.